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CONGRESO NACIONAL

Se leyó el dictámen de la Comision de Justicia sobre los asuntos contenciosos introducidos a la Sala; discutido bastantemente, se votó la proposicion siguiente: "Los recursos judiciales introducidos al Congreso ¿se devuelven para que tengan su ejecucion los asuntos a que se refieren, si están afinados o continúen sus trámites según las leyes?" I resultó aprobada.

En segunda hora, se pidió declarase la Sala si el recurso del señor Carrera, sobre que tambien habia dictaminado la Comision, era o no comprendido en la resolucion ántes sancionada; se votó i resultó no ser comprendido.

Procedióse, despues, a discutir la mocion sobre Estanco; se pidió por el señor Infante que, para entrar en el fondo de la cuestion i poder arribar a una resolucion acertada, se pasasen a la Comision de Hacienda los documentos que se habian leído, remetidos por la Factoría de Tabacos i Contaduría Mayor de Cuentas; se votó la proposicion, i resultó que no debian pasar. En consecuencia, pidió el mismo señor Infante que, respecto de que no pasaban a la Comision citada dichos documentos ni se le oía, se tomase en consideracion el asunto sin estas formalidades; se votó i resultó por 12 sufrajios contra 9 que no debia considerarse.

En ámbas resoluciones salvó su voto el señor Infante.

Hízose últimamente la indicacion para que el Congreso dictase la resolución que habia prometido sobre el juicio de compromiso con los empresarios del Estanco, por haber espirado el término en que debió espedirse. Discutida lijeramente, se fijó la proposicion siguiente: "¿Prorroga el Congreso sus sesiones para el único objeto de conocer sobre el juicio de compromiso con los empresarios del Estanco i por el tiempo necesario a resolverlo, o nó?" Se votó i resultó aprobada.

Se levantó, en consecuencia, la sesion, anunciándose para la siguiente la discusion del asunto indicado. -Benavente.


ANEXOS

Núm. 490

El contador mayor hace presente al señor secretario del Congreso Nacional que, despues de reconocidos prolijamente los rejistros i documentos de las cuentas de las aduanas de Santiago, Valparaíso, Coquimbo, Huasco, Copiapó i Concepcion, comprensivas de los cuatros años corridos de 19 a 22, resulta que los derechos de importacion de las especies estancadas pueden considerarse en el año común por ciento veintiocho mil seiscientos catorce pesos, exijiéndose con arreglo a la tarifa constante de la ampliacion al reglamento de 13 i órdenes consiguientes.

El contador mayor tiene la satisfaccion de ofrecer al señor secretario todas sus consideraciones i de haber cumplido con lo prevenido por S. E., el Presidente de la República, en oficio de 26 de Mayo próximo pasado, remitido a este Tribunal por el Ministerio de Hacienda. —Tribunal de Cuentas, Santiago, Junio 21 de 1827. —Rafael Correa de Saa. —Señor Secretario del Congreso Nacional.

Núm. 491

El Congreso Nacional, con esta fecha, ha acordado lo siguiente:

"Artículo primero. Devuélvanse los recursos judiciales introducidos al Congreso para que tengan su ejecucion los asuntos a que se refieren, si están afinados o continúen sus trámites según las leyes.

"Art. 2.º No es comprendido en esta resolucion el de don Francisco Antonio de la Carrera.

"3.º El Poder Ejecutivo lo comunicará a quienes corresponda.

"El Presidente de la Sala saluda etc. —Junio 22 de 1827. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.