Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIV (1827).djvu/407

Esta página ha sido validada
409
SESION DE 22 DE MAYO DE 1827

tiva al Estanco, i se mandó, despues de una lijera observacion, que se pusiera en tabla para la sesion siguiente.

Continuáronse discutiendo las mismas indicaciones de que ántes he hablado. Declaradas bastantemente discutidas en jeneral, se descendió a los artículos en particular de cada proyecto, prefiriéndose, por mayoría absoluta, el del señor Fariñas para su discusion.

Siendo ya la hora del reglamento, se suspendió la sesion, anunciándose para la siguiente, en primera hora, el informe de la Comision relativo a la mocion sobre estanco, i en segunda, el proyecto sobre disolucion del Congreso. —Diego Antonio Elizondo. —Montt.


ANEXOS

Núm. 462

Señores Representantes:

La mocion relativa al Estanco, en concepto de la Comision de Hacienda, debe considerarse bajo estos dos interesantes respectos:

  1. Estincion en cierto término de esta institucion.
  2. Nueva resolucion sobre la liquidacion de las cuentas con los empresarios, por haber espirado el término del compromiso, i anuládose de consiguiente, según la lei 27, título IV, partida 3.º, en rigorosa práctica.

La Comision siente que, en cuanto el primer respecto en que ha considerado este negocio, no pueda espedirse tan inmediatamente como lo demanda su gravedad e importancia, per carecer absolutamente de los datos necesarios. La opinion que formase en un asunto de esta naturaleza seria mui débil i aventurada sin ellos, mucho mas cuando parece que en tanto o cuanto se aumenta la ansiedad de todos por saber cuanto produce este Estanco, cuál es el actual estado de esta ominosa institucion, etc., i cuál el jiro que se ha dado al juicio del compromiso con los empresarios, se ha hecho tanto mas misterioso i oscuro. Necesita, en consecuencia, que la Representacion Nacional provea el siguiente decreto para que proporcionándosele esos datos tan necesarios, pueda espedirse con acierto en el primer respecto. En el segundo no trepida absolutamente i le parece incuestionable, partiendo del principio que fija la iei citada sobre él; pues, cree debe proveerse el decreto que por separado presenta en razon a la ninguna conexion que tiene "la estincion del Estanco" con las cuentas de los empresarios i consiguiente a la separacion que ha hecho de ámbos puntos.

Artículo primero. Se pasará una razon que contenga:

  1. La suma total a que asciende el producto del Estanco.
  2. La de sus gastos en sueldos fijos, comisiones, casa, almacenes i un cálculo de los estraordinarios.
  3. El capital empleado a valores corrientes de los artículos estancados.
  4. El producto líquido, deducidos, capital i gastos.

Art. 2.º Una razon de la suma importante de los derechos de importacion de los artículos estancados, tomada de los años anteriores al establecimiento del Estanco, proporcionalmenle.

Art. 3.º El Poder Ejecutivo dará las órdenes convenientes para que las oficinas, a quienes incumba ei conocimiento de estas noticias, las pasen a la mayor brevedad a la Comision de Hacienda del Congreso Nacional. —Sala de sesiones, Mayo 21 de 1827. —Santiago Muñoz de Bezanilla.



ACTA


sesion del 23 de mayo de 1827

El 23 a las diez i media déla mañana, habiéndose reunido los señores Campos, Elizondo, Eyzaguirre, Fernández, Infante, Irarrázaval, López, Montt don José Santiago, Olivos, Sapiain, Vicuña don Rafael i Vera, i no componiendo el número suficiente para abrir la presente sesion se suspendió, anunciándose para la siguiente los mismos negocios. —Diego Antonio Elizondo. —Montt.