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SESION DE 17 DE ENERO DE 1827

guiente el proyecto de milicias en primera hora, i en segunda hora los demas puestos en tabla en la sesion anterior. —Elizondo. —Montt.


ANEXOS

Núm. 62

En 9 del actual pasó el factor jeneral del estanco al Ministerio de Hacienda, la nota que en copia incluyo al señor Presidente; ella es relativa al plan de la Factoría jeneral, i con este motivo creo deber recordar al señor Presidente la aprobacion de aquel documento, que tuve el honor de remitirle en 16 de Octubre con el número 59.

Saludo al señor Presidente del Congreso Nacional, reiterándole mis consideraciones de respeto i aprecio. —Santiago, Enero 17 de 1827. —Agustin de Eyzaguirre. —Al señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 63

El plan de sueldos del Resguardo de Valparaíso, que agregué al reglamento de la administracion de especies estancadas, ha salido equivocado en un todo, porque los dos tenientes que se pusieron con setenta pesos al mes cada uno, ganan en el dia, el primero, desde el tiempo de los empresarios, noventa pesos mensuales i el segundo cincuenta. Solo se pusieron siete guardas de a caballo con treinta i cinco pesos cada uno, i son diez, con cuarenta pesos al mes, i del guarda de a pié se dijo ganaba treinta pesos, i son treinta i cinco. Notada esta diferencia, se intentó reducirlos al sueldo del plan agregado, pero todos han resistido, i quejándose de que, siendo unos guardas fiscales i con mayores fatigas, celo i actividad que los del Resguardo de Aduana, esperaban lo ménos igual sueldo; i que no habiéndolo tenido no parecía regular, que aun el menor que gozaban en tiempo de unos particulares se les rebajase al del reglamento equivocado, en circunstancias que apénas les sufragaban el que gozaban para subsistir con apuros; i que así no podian continuar sus servicios por ménos sueldos. Sus razones son vigorosas, i por ellas he dicho al factor principal de Valparaíso que les continúe el mismo sueldo que gozaban i el mayor número de empleados de que contaba el Resguardo.


Lo aviso a US. para su intelijencia i aprobacion de S. E., sirviéndose mandar se agregue esta nota al referido reglamento para constancia de la equivocacion padecida en el plan de sueldos del Resguardo de Valparaíso.

Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, Enero 9 de 1827. —José Ignacio de Eyzaguirre —Señor Ministro de Hacienda.

Es copia. —Rio.


Núm. 64

La Comision de Hacienda cree no poder informar sobre el particular a que se dirije la presente nota, sin tener a la vista otros antecedentes.

Por lo mismo, cree deba dictarse el siguiente


decreto:

Contéstese al Ejecutivo que: para poder resolver la Sala sobre lo que solicita en la nota que antecede, la instruya de la inversion que hasta la fecha se le da al producido del estanco. —Santiago, Enero 15 de 1827. —Santiago Muñoz de Bezanilla. —José Miguel Infante.


Núm. 65

Señor:

Cansada la delegacion de Itata con los continuos i enormes males que a toda su estension han hecho sufrir la guerra i aun la revolucion, esperaba ya por recompensa principiar a gustar el reposo i la quietud a que únicamente aspiraba para enjugar las lágrimas consiguientes a les sucesos pasados i, para dirijirse, sus habitantes, a gustar el alimento de sus dias. Penetrado de una idea tan próspera que presentían al ver a Vuestra Soberanía tomando las mas oportunas medidas para aliviar a los chilenos de sus pasados pesares, preparándoles la senda, de remediarlos en la parte posible i compatible al actual estado de cosas, es cuando este Cabildo i pueblo ha sabido estrajudicial, aunque efectivamente, que la Asamblea de este departamento, en sesión de quince del próximo pasado, sancionó la division de un nuevo partido titulado Ninhue, desmembrando para él ocho de las mejores diputaciones del de Itata i otra porcion considerable del de San Cárlos. Cuando a aquél de nuestra representacion el año pasado de 1823, para la formacion de la delegacion de Coelemu, se le quitó la mitad de su jurisdiccion, dejando en catorce diputaciones, i, cuando hoi se le escalfan las ocho mejores, ya parece que se ve reducido a un esqueleto o nominal poblacion, pues que las siete que le restan son las mas reducidas, estériles, ménos pobladas, escasas de propietarios de fondos i, por fin, casi inútiles por su pobreza i pequeñez. Cuando cabalmente con la sola estension que tenia, con sus habitantes i con los recursos con que en jeneral contaba esta delegacion, pocos dias ántes, la misma Asamblea habia aprobado la formacion de este Cabildo, en conformidad de los principios que la lei determina para la instalacion de estos Cuerpos. Ahora, pues, le vemos destruir.