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SESION DE 17 DE ENERO DE 1827
CONGRESO NACIONAL
SESION 126, EN 17 DE ENERO DE 1827
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO ELIZONDO


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Representacion del partido de Quirihue contra la Asamblea de Maule. —Proyecto de arreglo de las milicias. —Instruccion militar de las escuelas. —Pago de las dietas. —Reintegro de la Comision de Relaciones Esteriores. —Proyecto de reglamento de la Factoría jeneral. —Pago de los dividendos del empréstito e inversion de los producidos del estanco. —Discusion de las observaciones a la rebaja de los derechos del cobre. —Testimonio de un acuerdo. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que S. E., el Vice-Presidente de la República, acompaña un proyecto de reglamento de la Factoría jeneral. (Anexos núms. 62 i 63. V. sesion del 24 de Noviembre de 1826.)
  2. De un informe a la Comision de Hacienda sobre la creacion de arbitrios, propuesta por la Caja de Descuentos, para el pago de los dividendos del empréstito; la Comision propone que para informar se pida al Ejecutivo la cuenta de inversion de los producidos del estanco. (Anexo núm. 64. V. sesiones del 24 de Noviembre de 1826 i del 12 de Enero de 1827.)
  3. De una representacion con que el Cabildo de Quirihue acompaña varios documentos i pide se anule la desmembracion de aquel partido i el San Cárlos, decretada por la Asamblea de Maule, para formar el nuevo partido de Ninhue. (Anexos núms. 65 a 71. V. sesiones del 6 de Diciembre de 1822 i del 13 de Enero de 1827.)
  4. De una solicitud del prior del convento de Predicadores de la Estricta Observancia, quien pide se le dé testimonio del acuerdo celebrado por el Congreso, con motivo de un recurso que el mismo prior le dirijió por conducto del juez letrado. (Anexo número 72. V. sesion del 10 de Noviembre de 1826.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Pasar a la Comision que ha empezado a conocer en la consulta de la Asamblea de Maule la representacion del Cabildo de Quirihue contra la desmembracion de este partido, encargándole el pronto despacho del dictámen. (V. sesiones del 17 de Febrero, del 3, del 5 i del 17 de Marzo i del 17 de Abril de 1827 i del 18 de Abril de 1828.)
  2. Exceptuar del servicio de la guardia nacional a los maestros i a los estudiantes;