▼Señor don J. Santiago Montt, ▼diputado secretario.
Núm. 303
▼La ▼Comision de Constitucion, vista la solicitud de la Honorable ▼Asamblea de Aconcagua, dirijida a que se le provea de auxilios para subsistencia dice: que, ocupado el ▼Congreso en acordar las atribuciones que deben darse a las Asambleas de la República en que necesariamente se deben incluir los arbitros para que subsista, seria conveniente así se conteste por Secretaría.—Santiago i Marzo 19 de 1827. —Doctor ▼Elizondo. —▼F. R. de Vicuña.
Núm. 304
▼El ▼Congreso Nacional, en la sesion del diezinueve del corriente, acordó lo que sigue:
▼"Las instrucciones particulares que se den a los ▼diputados nacionales en el Congreso Constituyente no les ligan para pronunciar sus votos."
El Presidente de la Sala etc. — Congreso Nacional, Marzo 21 de 1827. —Al Excmo. Señor ▼Presidente de la República.