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CONGRESO NACIONAL

trario siempre los harían entrar por un proyecto tan ruinoso, a todo este partido, como es el de la demarcacion hecha; San Cárlos nunca prestará su asenso, a ménos que por la fuerza no se le compele, que esto, nos parece, no puede ser sin atacar la beneficencia pública i dejenerar nuestro sabio Gobierno, en el que ha costado tanta sangre; no incomodamos el amor de la justicia al estímulo del bien comun i al golpe de la razon.

Reproducimos a US. los sentimientos de nuestro distinguido aprecio. —Ayuntamiento de San Carlos, Enero 5 de 1827. —Manuel Cayetano González, gobernador. —José María Vázquez, alcalde de segunda eleccion. —Miguel Hernández, rejidor. —Mateo Hernández, procurador. —Al señor Intendente de la provincia.

Es copia orijinal que queda en el archivo de mi cargo, el que he copiado fiel i legalmente i en lo necesario me refiero. —San Cárlos i Enero 29 de 1827. —Francisco Venenas, escribano público.


Núm. 256

Cuando se trata de innovar alguna materia, de ordinario se examina que la prosperidad de unos no irrogue perjuicios a los demas.

No siempre puede convenir la rectitud de tan augusta máxima, porque algunas veces el interes, la paciencia, destruye los fundamentos de la miseria con la plural decision.

En este estado se nos presentó el reclamo, fecha 19 del que rije, que en clase de mocion pasó US. a esa Honorable Asamblea, objetando a la que hizo el diputado por Ninhue, doctor Fonseca, i en cuya virtud se cercena inconsideradamente cinco o seis diputados a este partido. Este Ayuntamiento reconoce el celo de su elocuente oposicion, i resumiéndoselos sentimientos de todos sus comitentes, deben prevenirle que en esta parte el doctor Fonseca ultraja los deberes de la sociedad. I que, aspirando al timbre de projenitor de Ninhue, desmembrando a esta villa lo mejor de su dominio, desea apurar nuestra paciencia, sofocada con las agresiones de hurtos i asesinatos de los carnívoros Pincheiras. Los precisos auxilios que siente el poco fruto de nuestros sudores, se deben minorar reduciéndonos a una pequeña suma de vecinos, i si no abrazaremos la exasperación, a lo ménos tocaríamos en el abandono, i huidos de estas diputaciones, deberíamos contar con el desprecio de otros pueblos, i la ilustracion de los vecinos en decadencia i solamente tendríamos que reparar la minoría por el crecido número de habitantes, que poblaban las cinco leguas de latitud que hácia el Oriente yacen desiertos desde el Ñuble hasta el Perquilauquen, miraríamos con dolor i sin estorbo la ordinaria traslación de temidos hombres al partido de Ninhue, que, amagados por los bandidos, aun en el pié que estamos, la ejecutan anualmente, i sin talvez, realizada la relacion de mútua sociedad, hallándonos perseguidos, mal contentos i abandonados, tendríamos que reconcentrarnos a Chillan o tributar a Ninhue los inciensos que no merece; su situación local le ha prestado la mayor indemnizacion de vias i haciendas; recorra el doctor Fonseca sus matrículas i sume sus numerosas primicias, i se lisonjeará hallando en una i otra materia mas abundante que San Cárlos; contémplese precisado a pastorear en esta villa i confesará entónces que la mocion se opone a la gratitud que el pueblo de Quirihue, su partido i toda la costa debe de derecho a Chillan, San Cárlos, Parral i Lináres, tan padecidos como sorprendidos.

La Asamblea misma, si vuelve a discutir este caso, tendrá que ceder con la primera necesidad; i hallando a San Cárlos exhausto de recursos, escaso de bienes i en el teatro de la guerra, dirá que debe continuar en sus dominios i estensiones, i si trató opulentar la provincia mas bien podrá disponer un plan que indemnifique los vecinos actuales de San Cárlos, para que, tomando onteres en la fama, cooperen a su estimacion, aumento i anterior abundancia.

Las prerrogativas de la Honorable Asamblea, si son de formar villas, será en los límites de los anteriores partidos sin irrogar agravios i decadencia a otros pueblos como partes reintegrantes de la Nacion; bajo estos fundamentos esta Municipalidad queda inconforme con resolucion tan estemporánea i perjudicial al Estado, pues cree i comprende que ella está fundada en una fama particular que no puede distinguir a la jeneralidad; i por lo mismo exije de US. lo haga presente a esa Ilustre Corporacion el señor intendente, i a su consecuencia, elevar este oficio al Ejecutivo para que, dignándose equilibrar la justicia con la razon e imperiosa necesidad que refluye en obsequio de los pueblos del Sur por la persecucion de los bandidos, desatienda la mocion sancionada en la parte de segregacion de las diputaciones de que se trata, pidiendo se suspenda toda ejecucion por ahora. Con este motivo, reproducimos a US. la gratitud que se merece. —Ayuntamiento de San Cárlos, Diciembre 28 de 1826. —Manuel Cayetano González, gobernador. —Antonio Arriagada, alcalde de primer voto. —José María Vázquez, alcalde de segunda eleccion. —Miguel Hernández, rejidor. —Julián Hernández, rejidor. —Juan de Dios Narváez, alcalde provincial. —Mateo Hernández, procurador. —Señor Intendente de la provincia de Maule.


Núm. 257

La nota de US., fecha 23 del que espira, relativa a la sancion de la Honorable Asamblea, sobre la nueva creacion de Ninhue, con la agregacion de las diputaciones de esta villa, ha conmovido los sentimientos de esta Municipalidad por las