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CONGRESO NACIONAL

del dia de ayer, que por sus espresiones vulneraba a la Asamblea; quejosos de esto, los señores diputados Novoas se salieron, i poco despues el diputado don Gregorio Serrano, quedando por este motivo incompleto el número designado por reglamento para resolver lo que se trataba, i acordándose que seria conveniente compareciese US., a fin de que, como jefe de la provincia, contestase al señor jeneral. Dió la casualidad que, por su indisposicion, se nos contestase no poderlo verificar; en este estado, se hace mocion por el diputado don Juan Manuel Bazo de que, según las circunstancias, no debia tenerse consideracion a la falta de solo uno que faltaba para el completo, siendo apoyada ésta por el mayor número; mas, como el reglamento interior lo priva, me opuse, fundado que, como Presidente, me correspondía sostener la lei, a lo que por el mismo señor diputado Bazo se me argüyó no tener tal facultad i que me haría responsable de su mocion; conociendo que ya se excedía i que la materia de que se trata no podria tener efecto, mandé suspender la sesion, i aun me habia resuelto que, por mí i el secretario, se le contestase a US.; mas, a esto se opuso el mismo Bazo, quedando por este motivo i los demás espuestos paralizado en el todo las operaciones de ia Sala, de lo que avisaré oportunamente a la Soberanía del Estado, a fin de que resuelva lo que sea conveniente.

Con este motivo, tengo el honor de contestar a US. i ofrecerle los mayores sentimientos de mi aprecio. —Concepcion, 3 de Febrero de 1827. —Hilarion Gaspar. —Señor Gobernador Intendente don Santiago Fernández.

Es copia que existe en secretaría. —Novoa, diputado secretario.


Núm. 213

Señor:

La madre del doctor don Miguel Zañartu, por medio de su poder, respetuosamente, dice: que la jenerosa bondad de Vuestra Soberanía, deseosa siempre del bien de los chilenos, ha tomado en consideracion la gracia de su restitucion al país que imploran el coronel Sánchez, el doctor Rodríguez i otros desgraciados; la suplicante ha demostrado otras veces, con la inocencia de su hijo, la violencia de su separación, i ha merecido la benigna atencion de esta Representacion Jenenal. Así cree que hoi, cuando ella va a manifestar al pais i al mundo entero su liberalidad, su noble imparcialidad i justificacion, tendrá presente el mérito i patriotismo del doctor Zañartu, para decretar su regreso. Haga Vuestra Soberanía cesar los grandes males i perjuicios que se causan a este ciudadano en la crecida privacion de sus hogares. Preste Vuestra Soberana Benignidad, ese consuelo a una anciana madre cuya existencia amenaza en el dolor de la falta de su caro hijo; por quien lo suplico encarecidamente. —Ana Josefa Irigóyen.


Núm. 214

El Congreso Nacional ha acordado i decretando lo siguiente:

"El Poder Ejecutivo decretará el pago de los tercios i cuartas partes vencidas al doctor don Silvestre Lazo."

El Presidente de la Sala tiene el honor de comunicarlo al de la República, i ofrecerle, etc. —Congreso Nacional, Marzo i.° de 1827. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.