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CONGRESO NACIONAL

dente sobre la reunion de los diputados de la Asamblea de este partido, en el breve término de dos dias. Actualmente me hallo en mi matanza, faena que no admite postergacion. Soi solo i no puedo abandonarla. Mi subsistencia está casi disipada en ella i no creo que la Patria quiera un sacrificio en perjuicio de mis intereses. Evacuada que sea, estoi mui pronto a llenar el destino a que soi llamado.

Lo pongo en noticia de US. para que pase al conocimiento del señor intendente, i teniendo US. a bien de aceptar las consideraciones de mi mayor respeto. —San Fernando, Enero 11 de 1827. —Antonio Rafael de Velasco . —Señor don Feliciano Silva, Gobernador del partido de San Fernando.


Núm. 172

Quedo instruido de la nota de US., fecha de hoi, en que me copia la resolución de los diputados reunidos en Curicó para que, a las doce horas de impuesto de ella, me ponga en marcha a desempeñar mi destino de diputado de Colchagua, en la sala de sesiones, bajo la multa de 200 pesos o embargo en caso de no existir éstos, cometiendo a US. la ejecución. De antemano tengo espuestos los motivos que me han obligado a demorar mi concurrencia. Entretanto, no sé como dichos señores puedan compelerme a la multa ni US. autoridad para embargarme. Son precisas, a lo ménos, las dos terceras partes de diputados, inclusos los de Talca, como parte de la provincia para formar Cuerpo, si no es que se declare ántes separado de ella. En el dia ni hai tal número ni puede llenarse con mi asistencia. Este es un principio emanado de las mismas disposiciones del Congreso. Cuando se declaró la instalacion, yo creia lleno el número; hoi estoi desengañado. Mi concurrencia de nada aprovecharía, pero aun 110 repararía en mis atrasos particulares para pasar a dar satisfaccion a esos señores, si las circunstancias que he dicho no me lo impidieran. Protesto la nulidad de cuanto se obre de otra manera i de usar de los recursos que la razón i las leyes me permitan.

Puede US. anunciarlo todo así a dichos señores, ofreciéndoles mis respetos i aceptando US. igualmente mi consideracion. —San Fernando, Enero 27 de 1827. —Antonio Rafael de Velasco . —Señor Gobernador don Feliciano Silva.


Núm. 173

Acaba de hacérseme saber una órden de esa Asamblea para que se embarguen bienes equivalentes a la multa de doscientos pesos por no haberme personado a la Sala. He representado ántes que ni las atenciones de mi subsistencia me lo permitían, ni la necesidad de mi personería, i que abandonaría aquellos si creyera útil ésta. Vuelvo a repetir a la Asamblea que uno mas de los dos tercios pueden formar ésta i que cuando el Congreso resolvió la reunion fué con los diputados de San Fernando i Curicó que aun no están todos recibidos, porque así llenaban el número preciso. Es verdad que deliberé algunos dias, pero fué por no estar al cabo de lo resuelto por la Soberanía i en todo tiempo en que se observe ilejitimidad, no tendré pudor de mudar de consejo. Estoi mui pronto a comparecer en el dia que se reciban los diputados que faltan. No parece decoroso estrechar con multas a los hombres que se sacrifican por el amor público. ¡Tal vez esta será la primera vez que se oye un procedimiento de esta naturaleza entre una asociación de honor! Con esta propia fecha he representado al Soberano Congreso el desaire que sufro, i mañana necesitaré dejar mi casa al secuestro, salir a la calle i oiría pregonar. He creido, pues, un deber para el honor de la Asamblea i el mío representarlo así i esperar que la Asamblea, con mejor acuerdo, enmiende sus providencias. Entretanto, yo protesto el reclamo de los daños que se me orijinen i vuelvo a repetir que estoi mui pronto a comparecer en el dia que todos los diputados de ámbos partidos se reúnan. —San Fernando, Febrero 4 de 1827. —Antonio Rafael de Velasco . —Señores de la Asamblea de Colchagua.


Núm. 174

El diputado que suscribe, noticiado de que la Asamblea de la provincia ha ratificado órden a US. para que proceda a trabar embargo de bienes equivalentes a la cantidad de doscientos pesos, a que me ha condenado así como a otros de los señores diputados de aquel Cuerpo por el hecho de no habernos personado en Curicó, no siendo decoroso ni legal de tolerar un total procedimiento, he tomádome la providencia de elevar mi queja al Soberano Congreso, pidiendo a la Soberanía ordene a US. sobresea de la ejecucion así como dicte reglas que metodicen las resoluciones de la Asamblea, que, tan olvidada de cuáles son las atribuciones, se ha convertido en Corporacion ejecutiva. En esta intelijencia (i cierto US. de que con fecha del dia ántes de ésta) me he dirijido al Congreso i a la misma Asamblea, espero no procederá US. a inferir este agravio a un ciudadano que el hecho de prestarse en servicio público, no es un motivo para que se le violente.

Dios guarde a US. muchos años. —San Fernando, Febrero 5 de 1827. —Antonio Rafael de Velasco . —Señor Gobernador del departamento.

Son copias de los orijinales que obran en la secretaría de mi cargo. —Curicó i Febrero 17 de 1827. —Labarca, secretario.