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CONGRESO NACIONAL
CONGRESO NACIONAL
SESION 146, EN 19 DE FEBRERO DE 1827
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO PEREZ I SALAS


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta de la sesion precedente, prévia una rectificacion. —Recurso de don Francisco Javier Lira contra una multa que la Asamblea de Colchagua le ha impuesto. —Discusion sobre si se trata o nó del proyecto de Constitución. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

De un recurso que don Francisco Javier Lira entabla contra la prosecucion de los procedimientos para hacer efectiva la multa que la Asamblea de Colchagua le ha impuesto. (Anexos núms. 168, 169, 170, 171, 172, 173 i 174. V. sesion del 17.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar el acta de la sesion precedente, prévia una rectificacion.
  2. Que se suspenda la multa impuesta por la Asamblea de Colchagua a su diputado don Francisco Javier Lira, i que, en lo sucesivo, la tercera parte de los diputados puedan dictar medidas para compeler a los inasistentes a la asistencia. (Anexo número 175. V. sesion del 22.)
  3. Despues de alguna discusion, dejar pendiente la relativa a si se debe tratar del proyecto constitucional o de la mocion que lo contradice. (V. sesiones del 17 i del 20.)

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Aguirre, Arriagada, Arce, Balbontín, Benavides, Benavente don Diego, Benavente don Mariano, Bilbao, Campos, Casanova, Carvallo, Donoso, Elizondo, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, González, Huidobro, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Luco, Meneses don Juan Francisco, Molina, Montt don José Santiago, Montt don Lorenzo, Novoa, Olivos, Ojeda, Prado, Mena, Pérez, Muñoz Bezanilla, Bauza, Marcoleta, Santa María, Silva don Francisco, Silva don Manuel, Sapiain, Tapia i Vicuña don Francisco Ramon.

Leida el acta de la sesion anterior, se aprobó con la impresion de la parte déla resolucion que se dictó en la solicitud del diputado de la Asamblea de Colchagua, don Francisco Lira, que dice que ésta (la Asamblea de la provincia) no innove hasta que se reúna la mayoría.

Dióse despues cuenta del recurso segundo del citado diputado de dicha Asamblea; se tomó en consideracion, i despues de debatido lijeramente, se acordó que la multa impuesta a éste, se suspenda por ahora, i que, para lo sucesivo, el tercio de diputados puede imponer penas coercitivas a