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SESION DE 10 DE JULIO DE 1826

lei preexistente que señala cuáles deben ser, según los países a que se dirijen los Enviados, i actualmente está en práctica.

El señor Infante. —No hemos opinado que el Congreso se ocupe en formar instrucciones; lo que se dice es que el Ejecutivo las haga i el Congreso se ocupe solo de su aprobación. En cuanto a dietas, no me parece que haya lei preexistente. (Se le dijo que estaba inserta en el Boletin de acuerdos del Gobierno). En fin, he oido varias indicaciones, i pido que tenga segunda discusión, i de ese modo no nos ocupará la mañana.

El señor Fernández. —Está declarada por urjente, i debe resolverse en una sesión.

El señor Infante. —Yo creo que incurriríamos en muchos inconvenientes, si se dejase a la mayoría el arbitrio de declarar urjente cualquier negocio; de este modo estaríamos dando leyes todos los dias.

Se acordó se dejase para la siguiente sesión la resolución de este asunto.

Se dió cuenta en seguida de las mociones presentadas por los diputados i de las comunicaciones del Ejecutivo, cuyo contenido se encontrará en el acta de este dia.

Se puso en discusión el reglamento de Secretaria, cuyos artículos fueron aprobados, luego que se leyeron. Se hizo presente una solicitud de los oficiales de Secretaría, pidiendo 600 pesos de sueldo en lugar de 500 que habían disfrutado en los anteriores Congresos. Se les acordó dicho sueldo; pero, con descuento de seis por ciento, conforme a tojos los demás empleados, i que los 2,000 pesos señalados a cada secretario i los mil al oficial mayor, fuesen sin descuento.

Se llamó a discusión, según lo prevenido en la órden del dia, la siguiente mocion del señor Fernández:

"La voluntad pública se ha pronunciado por el sistema federal; de consiguiente, éste debe ser la base principal del Gobierno de la República, En consecuencia se decreta:

"La República de Chile se constituye por el sistema federal."

El señor Lazo. —Yo entiendo, señor, que ademas de los buenos efectos que ha producido en Norte América el sistema federal, i en todos los países que han tenido la fortuna de adoptarlo, él no es otra cosa que el principio fundamental de toda sociedad, i de consiguiente, el sistema mas justo i mas racional que pudiera haberse meditado. El no difiere en nada de lo que vemos en una ciudad o cualquiera reunión de familias; cada dueño de casa gobierna la suya del modo mas conveniente, sin que el Gobierno tenga que intervenir en sus asuntos domésticos; en el mismo caso se hallan las provincias o las partes que componen una nación; el Ejecutivo nacional no debe, pues, tomar parte en sus negocios anteriores, si no es en aquellos casos que digan relación a los intereses comunes. Si el sistema federal es tan conforme al principio social, parece que debe establecerse como el fundamento de nuestras instituciones. Bastaría observar nuestras circunstancias para decidirse por él; toda la Nación se ha declarado manifiestamente en favor del federalismo; i el Congreso, como órgano de la voluntad jeneral de sus comitentes, no debe dilatar este dia de placer a los pueblos que componen la República, que lo desean como el término de sus males. Consiguiendo ellos este fruto precioso de sus sacrificios, ningún tirano podrá entronizarse, porque todos los pueblos, celosos de los derechos ya adquiridos, se conmoverían en masa contra él. A mas de esto, la disposición en que observo a los señores diputados, me hace creer que, con mui pocas discusiones, pondremos en estado de resolver un asunto tan llano como el que se presenta ahora a la consideración de la Sala.

El señor Bustos. —Se trata del asunto mas grave, es decir, del principio de la felicidad o infelicidad futura de la Nación. ¿I será posible que se aventure su suerte a una breve discusión? Este objeto ¿no nos merecerá una dilatada i circunspecta meditación? Yo pido, señor, que sobre el caso se oiga a la , no de palabra, sino por escrito, i que éste proyecto se reserve para entónces.

El señor Olivos. —Son bastante poderosas las razones que se han establecido sobre la federación; pero también es de notar que hasta aquí no se haya tratado de aquellos puntos que, aunque accesorios, son los que únicamente pueden garantir los buenos resultados de este sistema. Tales son, el arreglo de la hacienda, la consolidación de la deuda pública i otros establecimientos bastante útiles i necesarios a la planteacion de este sistema, porque es preciso saber de dónde salen los gastos para el sosten de las instituciones particulares de cada provincia para sus empleados; i en este sentido, pido que la Sala discuta ántes sobre esto, i que, decididos estos puntos preliminares, se procediese a la mayor brevedad a la sanción del proyecto.

El señor Cruz. . —Cuando se ha dicho que el pueblo chileno quiere, jeneralmente, el gobierno federal, considero que el pueblo chileno quiere su felicidad bajo cualquiera forma que sea. Para examinar si en Chile es adoptable el sistema federal, se necesitan mui largos debates, en que se manifieste su conveniencia o inconvenientes de un modo bastante exacto, porque nuestro principal objeto es contituir el país por el que sea mas adaptable a sus costumbres, a sus recursos i a sus necesidades. Según todos los políticos, la felicidad de las naciones no estriba en ninguna clase de gobierno, sino en sus garantías, i así se ve que de un siglo a esta parte las naciones que mas han prosperado i han logrado encumbrarse a un grado de poder i riqueza superior a las demás, son la Rusia, la Inglaterra i los Estados Unidos de Norte América. Aquí se ven