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SESION DE 6 DE JULIO DE 1826

jeneral, a la que deben concurrir las provincias en proporción de sus entradas, para el sosten de aquellas cosas que pertenecen al sosten de la Nación, i que cada provincia forme su caja provincial para subvenir a sus necesidades particulares; cada una de ellas tendrá igualmente un cuerpo o tribunal de justicia, i cuando no pueda sostenerlo tendrá, a lo ménos, un juez de letras a donde ocurrir, de tal modo que, para los casos árduos i grande Ínteres, tengan solo que necesitar la decisíon de la Suprema Corte de Justicia, evitando así que, en sus asuntos particulares, se pensionen i graven con la marcha de muchas leguas i con el abandono de sus bienes i familia; esta política i ramo de beneficencia será una barrera impenetrable al despotismo con que contrapesarían siempre sus intereses aquellos que quisiesen abusar del poder. ¿A qué Director o Presidente podría ocuparle por un momento la idea o imajinacion de oprimir las provincia, existiendo ellas separadas i gobernadas por sí? Todo ha de ser libre en los pueblos, de suerte que todas las partes de Chile respiren libertad, pero una libertad prudente i moderada. La Constitución, para que yo entre en ella i la apruebe de parte de mis comitentes, es necesario que se establezca bajo estos principios i que Dios ha de ser respetado i adorado, i que la relijion que profesamos, por las sagradas aguas del bautismo con que hemos sido purificados, no se toque en lo menor; previniéndose como lei fundamental el respeto a las instituciones, de nuestra madre la Iglesia. Esta es la base de toda constitución i el principio de toda felicidad pública; así es que dice el primer héroe de la América, el célebre Washington: "Ninguno piense ser patriota si quiere atacar esa columna firme de la sociedad i manantial de infinitos consuelos para todo hombre." Yo entraré a ayudar a la comision si se ha de tener como lei fundamental que la relijion de Chile sea la Católica, Apostólica, Romana. Que todos los habitantes de Chile han ser libres e independientes; que los pueblos han de obtener derecho de elejir sus gobernantes; que sean garantidos sus bienes, que se destierre el abuso de atacar la propiedad, principalmente a los miserables a quienes arrebatan los comisionados en los caminos el caballo o la muía, único recurso para buscar la subsistencia. Debemos también estar que la Constitución debe formarse bajo el título de igualdad, sin permitirse rango o distinción que quieren arrogarse algunos hombres que tal vez no lo merecen; entre los verdaderos patriotas no hai mas distinción que la que cada uno se adquiera por sus luces, méritos i virtudes. En este supuesto, admito el cargo de entrar a trabajar la constitución con los demás señores que componen la comisión. Sírvase, pues, el Congreso acordar cuáles han de ser las bases para que no sea infructuoso el trabajo.

El señor Vicuña.—Debemos estar llenos de entusiasmo al oir proferir al señor Presidente el sistema federativo como la base en que debemos fundar nuestra constitución; el señor preopinante parece que ha llenado todos los votos de la Nación chilena, i aun a los de toda la América, porque si aun subsisten en ella algunos estados que no han proclamado este sistema como el fundamento de sus leyes, ha sido quizá contenidos por el imperio de las circunstancias; i si la Constitución colombiana no ha adoptado esta forma de gobierno, se podrá creer que el poder de las armas contuvo a sus representantes; sin embargo, el último capítulo lo dice claramente, que al cabo de diez años se han de ver los efectos que produce el actual réjimen, i en seguida empieza a hablar sobre el federativo. En la Nación Arjentina cesaron las calamidades luego que sus provincias adoptaron este gobierno, que fué propuesto por el jeneral Artigas en la Banda Oriental. Los arjentinos han tenido que luchar mas por conseguirlo que, con los enemigos de la causa común, para alcanzar su independencia. La República mejicana se halla constituida bajo la forma fedeial, despues de haber arrojado de su seno a un hombre que se quiso condecorar con el pomposo título de emperador. La del Perú no le ha sido posible organizarse bajo de esta misma; pero acaso no pase mucho tiempo sin que lo haga. Sabemos la fermentación que hubo en el último Congreso, i esto mismo tal vez acelere cuanto ántes el que aquellos pueblos lo adopten. ¿Qué diremos, señores, de nuestro país? Es preciso que apresuremos ese dia de consuelo a los pueblos, que les anunciemos que ya amaneció para ellos la aurora de la paz, i que se les ha dado una lei ante la cual deben temblar los tiranos. ¿Podrá acaso gobernarnos ya algún tirano, si este Congreso declara el sistema federal como base de su Constitución? Sus efectos son admirables, i aunque parezca que produce cierta especie de separación, al contrario, estrecha mas las relaciones de los pueblos, como que emanan de convenciones libres i espontáneas; me parece que bajo su éjida podrá habitar el lobo con el cordero sin poderse dañar; habrá lugar a una lei de olvido, i a que todos los chilenos vivamos bajo una reciprocidad inalterable; se elevará una gran nación que, bajo los auspicios de una libertad, jamas podrá ser turbada por nadie ni ser mancillados sus destinos; la Constitución pondrá el colmo a su engrandecimiento, i llenará los votos de todos los pueblos de la República. Como nombrado el segundo en la Comision que se ha destinado a este importante cargo, puedo asegurar que, aunque carezca de las luces que son indispensables, las intenciones mas puras podrán suplir. La Comision, según ha dicho ya el señor Presidente, desea con el mayor anhelo que se le prescriban las bases sobre que ha de trabajar, i, según su opinion, debe preferirse el sistema de federación, que permite a las provincias la reunión de asambleas, en una palabra, todas las prerrogativas que pertenecen a los pueblos; que el Congreso san