Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XII (1826).djvu/395

Esta página ha sido validada
393
SESION DE 22 DE AGOSTO DE 1826

El deseo de acreditar una decidida adhesión a la autoridad i el vehemente anhelo de no separarme un ápice de las soberanas disposiciones, me animan a someter todos los juicios i opiniones a la suprema decisión. Su aprobación será el mayor premio de mis desvelos.

Tengo el honor de tributar a UUSS. las consideraciones de mi justo aprecio. —Juzgado de primera elección, San Felipe, Agosto 21 de 1826. —Francisco Mascayano. —Señores Diputados del Congreso Nacionai por la provincia de Aconcagua.


Núm. 501

El Congreso Nacional ha tomado en consideración la representación del alcalde de primer voto de la ciudad de Aconcagua, i la comision que dirije a sus diputados con los documentos referentes a la elección de gobernador i a lo sucedido a este respecto en aquel país i, en su consecuencia ha acordado lo siguiente:

"Dígase, por el conducto competente al gobernador-intendente de la provincia de Aconcagua, que debe consignar el mando que retiene como delegado en el alcalde de primer voto, o en el que, por el ministerio de la lei, le subrogue."

El Presidente de la Sala lo comunica al señor Presidente de la República, saludándole con su acostumbrada consideración i aprecio. —Sala del Congreso Nacional, Agosto 23 de 1826. —Al Excmo. señor Presidente de la República.


Núm. 502

La Comision Militar, para dictaminar sobre una nota del señor Presidente de la República, en que solicita que el Congreso declare el sueldo que debe gozar el único capitan jeneral que existe, necesita que el comisario jeneral del ejército informe préviamente:

  1. Porqué al capitan jeneral se le pasa el sueldo únicamente de coronel de caballería.
  2. Qué sueldo disfrutó don Bernardo O'Higgins despues de haber cesado en el mando de Supremo Director de la República.
  3. Que acompañe el reglamento de sueldos vijente de las clases de jenerales en que no se comprende la de capitanes jenerales, especificando si dicho reglamento está o nó en uso, i en este caso espresará las órdenes de su suspensión.
  4. Si el actual capitan jeneral es efectivamente tal o solo graduado.

El secretario que suscribe tiene la satisfacción de ofrecer, con este motivo, al señor comisario del ejército los distinguidos sentimientos de su mayor aprecio. —Secretaría del Congreso, Agosto 22 de 1826. —Al Comisario Jeneral del Ejército.


Núm. 503

La Comision, encargada de dictaminar sobre la demarcación de las provincias, necesita tener a la vista la representación hecha por la ciudad de Chillan, que existe en el Ministerio del Interior; por lo que el señor Ministro se ha de servir remitirla para el mejor acierto en la resolución de este importante negocio.

El secretario que suscribe tiene el honor de saludar, con este motivo, al señor Ministro del Interior i de ofrecerle las distinguidas consideraciones de su mayor aprecio. —Secretaría del Congreso, Agosto 22. —Al Ministro del Interior.