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SESION DE 17 DE AGOSTO DE 1826

dos alféreces, un sarjento primero, cuatro segundos, ocho callos, dos mariscales, treinta artilleros primeros i cuarenta i dos segundos.

Art. 14.º La plana mayor del cuerpo de artillería se compondrá de un coronel, que será el comandante jeneral de armas, un teniente coronel, un sarjento mayor i dos ayudantes.

Art. 15.º La residencia ordinaria del comandante jeneral de artillería será en la capital, con el sarjento mayor i un ayudante, i la del teniente coronel, con otro ayudante, en la ciudad de Concepción.

Art. 16.º El cuerpo de injenieros se compondrá de un jefe comandante de injenieros, un sarjento mayor, un capitan, un teniente i dos subtenientes.

Art. 17.º Para proveer todas las armas del ejército de ofi ríales idóneos para el desempeño de sus respectivas obligaciones, habrá en la capítal una Academia Militar dotada del suficiente número de alumnos i profesores, i tanto como para el estudio i órden interior, se formará el correspondiente reglamento.

Art. 18.º En lo sucesivo, no se admitirán mas cadetes en los cuerpos; pues los alumnos de la Escuela Militar serán los que ocuparán las vacantes de subtenientes, alternando con los sárjenlos.

Art. 19.º Para la dirección de las fuerzas habrá un comandante jeneral de armas, que reunirá las atribuciones de la Inspección Jeneral, compuesta de un número de oficiales distinguidos de todas las armas del ejército.

Art. 20.º Constará esta Comandancia Jeneral de un primer jefe, que será el comandante jeneral que no baje de la clase de oficial jeneral; un ayudante jeneral, de laclase de coronel; dos primeros ayudantes, de la clase de tenientes coroneles o sárjenlos mayores, i cinco segundos, de subalternos hasta capitanes inclusives.

Art. 21.º Habrá también un auditor de guerra.

Art. 22.º Existirá, igualmente, un cuerpo de cirujía, compuesto de un cirujano mayor, dos de primera clase, dos de segunda, cuatro practicantes i dos boticarios.

Art. 23.º Los estados mayores de plaza seguirán como prescribe el supremo decreto de diezisiete de Abril último.

Observaciones sobre el presente proyecto, para proceder con el mayor orden i claridad posible sobre lo que va a decirse.

Conviene, desde luego, hacer distinción dé los principales puntos que abraza el proyecto, que son: I.°, fuerza total del ejército permanente; 2.º, relación entre la fuerza de infantería i caballería; 3.º, organización de los cuerpos en las dos armas; 4.º artillería e injenieros; 5.º, instrucción del ejército; 6.º, comandancia jeneral; 7.º, cuerpo de cirujía del ejército.

Fuerza del ejercito

El número de tres mil hombres que designa la Junta, como el mínimum del ejército permanente en las actuales ciicunstancias, se deduce inmediatamente de los puntos que hai que cubrir con estas fuerzas. En efecto, de los cinco batallones de infantería, se necesita uno eselusivamente para cubrir la guarnición de Chiloé i Valdivia, dos deben permanecer constantemente en la provincia de Concepción, para guarnecer por turno las doce o trece plazas que tenemos en la frontera; otro en Talca, para obrar en combinación con la caballería destinada a cubrir la línea de frontera del Este, i el otro, en la capital, sirviendo al mismo tiempo de guarnición de reserva, i como un depósito para reemplazar las bajas de los demás, o bien para relevar periódicamente el de Chiloé. Por lo que respecta a la caballería, sí se rebaja la compañía destinada para la escolta del Gobierno, quedan seis escuadrones, que son losquecompo nen los seis rejimentos, cuya fuerza total es de ciento ochenta hombres, mui inferior, sin duda, a la que hasta aquí se ha empleado en el Sur, que no baja seguramente de mil quinientos, según los estados que obran en la Comandancia Jeneral de Armas. Resulta, por consiguiente ser indispensable el referido número de tres mil hombres, supuesto que lo restante del ejército, todo está empleado en las guarniciones donde se necesita, como en Chiloé, Valdivia, la capital i los demás puntos que cubre la artillería, i que no se pueden en manera alguna desatender. El exceso que hai de tres mil a tres mil ciento cuarenta i cuatro, por la fuerza que en el proyecto de decreto seda a cada compañía, es aun mucho menor del que debia tenerse en consideración por las muchas bajas que ocasiona la continua deserción de nuestros soldados i las enfermedades, cuyas causas reunidas producen lo ménos una quinta parte de diminución de la fuerza total del ejército, que en nuestro caso será de seiscientos cincuenta próximamente. Hai, pues, una certeza casi segura de que nunca se logrará tener completos los tres mil hombres.

Relación entre la infantería i la caballería

Sobre este punto ha manifestado ya la Junta sus ideas, que son las de los militares de todo el mundo, i ahora solo tiene que añadir que si hai algún exceso en la relación que resulta de la fuerza asignada en el proyecto, no es tanto por condescender en parte con las preocupaciones jenerales, cuanto por considerar que si se redujese a sus verdaderos límites la fuerza de caballería, cuando fuese necesario obrar apenas se contaría con un puñado de hombres, i particularmente despues de algún tiempo de campaña por la mala calidad de los caballos.