Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XII (1826).djvu/328

Esta página ha sido validada
326 CONGRESO NACIONAL

suceso de nuestra solicitud, que creemos escusado ponerlas a su vista, porque no pueden escaparse a su perspicacia.

La repetimos, pues, porque creemos al Gobierno en obligación de dárnosla; reiteramos igualmente nuestra protesta de no hacer remesa alguna a Inglaterra por cuenta del dividendo del presente semestre, i prevenimos a US., por conclusión, que si nos cree sin derecho a exijir las espresadas garantías i a conducirnos del modo que hemos espuesto, i protestando, se sirva mandar ventilar la cuestión en juicio contradictorio, i ante juez competente, cuyo juzgamiento, estamos persuadidos, nos pondrá a cubierto de los perjuicios que nos cause la negativa del Gobierno.

Srívase US. hacer presente al señor Supremo Director lo espuesto en esta nota.

Con esta ocasion, renovamos a US. el ofrecimiento de nuestras consideraciones i respetos. —Santiago, Mayo 16 de 1826. —Portales, Cea i Compañía. —Al señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda.


Núm. 402

Dejando aparte lo que ha sufrido el crédito nacional con no haber ocurrido el Gobierno en el presente semestre, a llenar completamente su obligación de pagar dividendos i amortizar, cuya pérdida no es seguramente precio estimable, hai otra que deben lastar los que lian inferido el perjuicio. Si el dia quince o treinta de Setiembre último, hubiese la casa de Cea i Portales puesto en Londres la cantidad, a que era obligada por su contrata, se habrían amortizado con las siete mil libras que debían invertirse en esta operación un número considerable de obligaciones, a precios los mas bajos que ha tenido jamas el empréstito de Chile; esto es, se habrían amortizado hasta por cuarenta i dos libras las obligaciones de ciento, o al ménos, si todas no se hubiesen podido comprar a 42, se habrían tomado entre este precio i el de 45. Resulta, pues, que, con 7,000 libras que debían dedicarse con este objeto, desde el citado 30 de Setiembre hasta el 15 de Marzo presente, habria el Gobierno amortizado en el actual semestre ciento sesenta i seis obligaciones o poco ménos, i por consiguiente, este mismo número debe abonarse al Gobierno por la casa de Cea i Portales en el presente semestre, cualquiera que sea el precio a que despues las compren. Para que el Gobierno o la Caja de Descuentos, que le representa en esta parte, pueda formar el cargo correspondiente que, siendo punto tan claro, no está sujeto a controversia, remito el adjunto documento estendido en forma judicial, i con todos los requisitos legales para parecer en juicio o fuera de él, i que, en la certificación jurada i autorizada por Su Señoría el lord mayor o gobernador de la ciudad de Londres en que se declara cuál ha sido el precio de las obligaciones del empréstito de Chile, desde el I.° de Octubre de 1825 hasta el 28 de Febrero de 1826, los costos de este documento ascienden a nueve libras nueve chelines i seis peniques, lo que aviso a Uds. para que se carguen asimismo a la casa contratante. Dios guarde a Uds. muchos años. —Legación chilena, Londres, Marzo 24 de 1826. —Mariano de Egaña. —Señores Directores de la Caja de Descuentos.


Núm. 403

Estando a cargo de esta Caja el requerir e indagar de los empresarios de ramos estancados la remisión a Lóndres de los caudales para el pago de cada dividendo del empréstito de Chile, les ha pasado las notas que, en copia, acompañamos a US., bajo los números 97 i 98, i como la contestación no sea satisfactoria, laacompañamos también a US., en copia, bajo el número i para que se sirva elevarla al Supremo Gobierno, a fin de que ordene a esta Caja la conducta que deberá observar en asunto de tanta gravedad, en que se interesa el honor nacional, i que puede presentar males que al presente no están a nuestro alcance. En tal situación, la Caja necesita órden i anuencia de ese Supremo Gobierno para tomar aquel partido, que su alto conocimiento le pueda dar para dirección i comportacion en el caso indicado. Justamente se atreve esta Caja a solicitar de US. la contestación de nuestra nota, de 31 de Mayo próximo pasado, bajo el número 158, pues se halla sin liquidar la entrega de los quinientos mil pesos hecha por ella a los empresarios, por la escusa del director don Joaquín Campino a intervenir en todo asunto que tenga relación a aquéllos por protesta que sobre este particular tienen interpuesta ante el Supremo Gobierno.

Dios guarde a US. muchos años. —Caja Nacional de Descuentos. —Santiago i junio 16 de 1826. —Francisco Javier Errázuriz. —Señor Ministro de listado en el departamento de Hacienda.

Santiago i Junio 21 de 1826. —Pídase inmediatamente a los señores Portales, Cea i Compañía den razón de las medidas que han tomado para remitir a Lóndres el caudal correspondiente al dividendo de Setiembre próximo venidero. —Freire. —Gandarillas.


Núm. 404

Faltando solo cuatro meses para que se haga en Lóndres el pago del dividendo de I.° de Setiembre del presente año, por la cantidad de ciento setenta i siete mil seiscientos veinticinco pesos de los intereses, amortización i ajencia del empréstito de Chile, a que son Uds. obliga-