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SESION DE 26 DE JULIO DE 1826

la mocion del señor Infante, para que se prohiban las prorratas.

El señor Eyzaguirre. —En la Comision de Justicia se halla detenida la consulta que hice como particular, la reclamación que elevé al Congreso sobre la nulidad de la elección de Renca; ahora la repito como diputado, con la añadidura de que una gran parte de ciudadanos están tan impacientes por que se resuelva, que me han visto para que yo reclame al Congreso; viendo que pasan muchos dias, que también se ha cometido este asunto al señor intendente, que está implicado por tener un hermano entre esos mismos diputados, suplico que mas bien se ponga en manos del Presidente de la República. Esta solicitud no es de un solo particular, sino de una porcion de ciudadanos que reclaman contra la infracción de la lei. Cuando se disolvió la mesa de elecciones, ántes del término señalado por la convocatoria, pregunté por qué se habia hecho esto, por qué no se habia dejado hasta el dia prescrito; i se me dijo: "Porque una órden suprema lo embarazó;" vi al señor Freire i le dije: "Violentamente se priva a los hombres del derecho de sufrajio, porque, concediendo la lei dos dias mas, se lían mandado suspender i han quedado muchos sin votar;" mas él me dijo: "Yo estoi encargado de la seguridad i soi responsable de ella; no puedo permitir mas este desorden". Anteriormente también habia reclamado contra un artículo de la misma convocatoria, que previene que todo hombre que profesase alguna industria, o tuviese algún arte u oficio, pudiese votar. Yo le dije entónces que también se comprendía a los peones; "Nó, me dijo: hablo solo respecto de los maestros"; pero, en la votacion, vimos que se admitieron los sufrajios de toda clase de hombres. Por una órden que dió el intendente se suspendió ésta, i como yo reclamase al Director, me dijo: "La órden es mia"; yo le contesté reclamaría contra el intendente, i reprodujo lo que me habia dicho ántes.

Señor, he cumplido por la parte de Santiago, en cuyas mesas ninguno de los diputados que salieron electos, han obtenido voto de la jente conocida. Por lo que respecta a Renca, es de notar que, no siendo ni la vijésima parte de la provincia, han presentado mas de dos mil votos de aquella mesa; es imposible que pueda suponerse legal esta votacion, padeciendo de este vicio, que la hace írrita i nula. Yo he propuesto que se haga una votacion nueva, porque de este modo se salvará el vicio de la votacion i tal vez quedarán los mismos diputados, i volverán a la Sala, pero legalmente; en esto se salva también el honor de los mismos diputados, que me parece desearán lo mismo. De lo contrario, será, como se dice, un Congreso de Renca, i todas las disposiciones de la Sala padecerán de nulidad. Yo, como empeñado en el bien jeneral, en el honor de los mismos diputados i de la Nación, quisiera que se tomase una providencia cual lo exije la materia, o que le exijan cuanto ántes los informes que se han pedido, i que se haga esto de un modo eficaz. Cerca de un mes há que tengo hecho el reclamo; se nombró una comision; pero se ha manejado con mucha morosidad. Ademas, se ha sometido al informe del intendente que está implicado, como he dicho ántes; i pido a la Sala que encargue a la Comision el pronto despacho de este negocio.

El señor Fernández. —Si el Congreso, olvidando el reglamento interior, es decir, la fórmula que tiene establecida para sus debates, nos ocupara en asuntos de la naturaleza de los que el señor Eyzaguirre ha indicado, nos disolveremos sin haber hecho el bien al país. De consiguiente, el señor Eyzaguirre, que debia estar bastantemente instruido en el reglamento, por haber pertenecido ya a otro Congreso, debia haber hecho su mocion por escrito, i no haber ocupado a la Sala en un asunto que absolutamente es estraño de la órden del dia; porque, creo que todo su largo discurso es relativo a quejarse de que la Comision de Justicia no ha obrado bien, i sin la prontitud que él deseara. Al efecto, pues, presente una mocion, quejándose de los procedimientos de la Comision, i concluyo pidiendo que a este negocio no se le dé lugar hasta que no se presente en el órden que le conviene.

El señor Lazo. —Como individuo de la Comision, espondré el proceder que ha tenido ella acerca de este negocio.

El señor Eyzaguirre, en su reclamo se queja contra la mesa de Renca, contra la de Santiago i contra el intendente. La Comision ha tenido a bien oir a todos los sujetos contra quienes se queja, porque de lo contrario el juicio padecerla de un vicio insanable de nulidad. Lo que ha hecho la Comision, ha sido pedir informe a la mesa de elección de Renca, a la de la capital i al intendente; i ademas, pide en el reclamo que se manden traer los nombres de los que votaron; también se ha prevenido esto mismo por la Comision. ¿Qué otra cosa puede haber hecho ella en este negocio? No se le puede dar traslado, porque todos ellos tienen una representación judicial; de consiguiente, teniendo los sujetos de quienes se reclama, una autoridad judicial, la Comision no puede haber procedido de otra suerte. Si no han informado, el señor Eyzaguirre debe reclamar contra ellos; acúselos de rebeldía o use de otros trámites; pues la Comision no ha de ir a exijirles por el informe. No sé de qué otros arbitrios pueda usarse; o póngales una rebeldía; o use de otros trámites que tiene el Derecho, designados para obligar a que se conteste; pero, de oficio, la Comision no debe hacerlo jamas.

El señor Vicuña. —Parece que ésta es una cosa que pertenece al réjimen interior de que está encargado el Presidente de la Sala, i afirmo que el señor Eyzaguirre pase un oficio al Presidente, acusando a la Comision de demora.