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SESION DE 22 DE JULIO DE 1826

entar sus derechos en el Congreso Nacional, quedan exceptos, durante el período de la Lejislatura, del servicio de sus particulares destinos. En su virtud, ha ordenado que se publique inmediatamente, i lo avisa al señor Presidente para el conocimiento de la Sala.

Con este motivo, el Presidente de la República ofrece nuevamente al señor Presidente del Congreso las singulares consideraciones de su distinguido aprecio. —Santiago, Julio 20 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 220

El Presidente de la República tiene el honor de informar al señor Presidente del Congreso que, en consecuencia de haber acordado la Sala admitir las renuncias de los señores Solar i Amenabar, electos diputados por Coquimbo, i las de los señores Pérez de Arce i Alcázar, representantes por Valdivia i Lináres, ha comunicado, con esta fecha, las órdenes convenientes a los gobernadores de dichos pueblos, para que, a la mayor brevedad, se proceda a la elección de nuevos representantes, arreglándose en todo a la convocatoria.

Asimismo se ha ordenado a los jefes políticos de Quillota i Melipilla, en donde se dice que residen los diputados suplentes por Valdivia i Lináres, que les prevengan su pronta comparecencia en esta capital, a incorporarse en la Representación Nacional.

El Presidente de la República lo avisa al señor Presidente del Congreso, en contestación a su apreciable comunicación, fecha de ayer, con cuyo motivo, tiene el honor de reiterarle sus sentimientos de distinguida consideración. —Santiago, Julio 21 de 1826.—Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 221

Señor:

El Presidente de la República tiene el honor de informar al Soberano Congreso que, en consecuencia de haber aceptado la dimisión interpuesta por el doctor don Diego Antonio Elizondo, del cargo de Ministro Plenipotenciario i estraordinario cerca del Gobierno del Perú, para el cual habia sido nombrado, ha tenido a bien elejir para dicho destino al Ministro de la aduana de Valparaíso don Pedro Trujillo, satisfecho de las distinguidas calidades que se reúnen en su persona para el fiel desempeño de este importante cargo.

El Presidente de la República tiene el honor de ponerlo en noticia del Soberano Congreso para su conocimiento, con cuyo motivo, le es mui grato protestarle nuevamente sus sentimientos de adhesión i respeto. —Santiago, Julio 21 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al Soberano Congreso Nacional.


Núm. 222


PROYECTO DE DECRETO

Siendo necesario subvenir a las escaseces del Erario i habiéndose tomado anteriormente la resolución de vender las tierras de los pueblos de indios que actualmente o no tienen familia de esos naturales o conservan mui pocas que puedan reducirse a uno o dos pueblos, i habiendo en las inmediaciones de esta capital los de Talagante, Pomaire, Llopeo, Bajo de Melipilla, Pueblo de Gallardo i Carrizal, que a juicio de personas prácticas e intelijentes, deben producir mas de doscientos mil pesos, aun dejándolo el último para establecer a los pocos naturales que quedan, el Congreso decreta lo siguiente:

  1. Prevéngase al Ejecutivo que, sin pérdida de tiempo, puede proceder a la venta de los pueblos de Talagante, Pomaire, Llopeo, Bajo de Melipilla i Gallardo.
  2. Que los habitantes de esos pueblos que justifiquen tener derecho a ellos por su naturaleza, serán establecidos en el del Carrizal. Su traslación i establecimiento se verificará de cuenta del Erario. —Santiago, Julio 22 de 1826. —Juan Francisco Meneses.

Núm. 223

Aunque la noticia que US. me pide, en órden a los pueblos de indios en esta provincia de mi mando, no puede ser exacta en los terrenos que ellos comprenden por no mensurarse, pues para esto debia preceder la medida de ellos, con todo, según el cálculo de un individuo que hai en esta cabecera intelijente en mensuras, i habiendo reconocido los cuatro pueblos que hai en esta jurisdicción me dice: que el del Bajo, que está a las goteras de esta poblacion, comprende ochenta i tres cuadras de pan llevar, abundante de agua i mui fértiles; sus islas hácia el río de Maipo, poco mas o ménos, las mismas cuadras. El pueblo de Pomaire, comprende cuarenta i nueve cuadras de tierra de regadío excelente, cuarenta i siete planas que no pueden regarse; las serranías de superior calidad, que serán como trescientas cuadras, éstas están ubicadas como a legua i media de esta poblacion. El pueblo de Llopeo, que dista de esta poblacion hácia esa ciudad como cuatro leguas, comprende doscientas cuadras, todas de riego i mui progresiva cosecha.