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reunión se verifique en esta capital, por considerarlo así mas conveniente en las presentes circunstancias, a que agregan la falta de proporciones que hai en la ciudad de Rancagua para situarse cómodamente, i la precisión de tener mas inmediatos los documentos que han de necesitarse, he venido en decretar lo siguiente:

  1. La reunión del Congreso Nacional que, según el artículo I.° de la convocatoria, debió tener lugar en la ciudad de Rancagua el 15 del corriente, se verificará en esta capital el dia 4 de Julio próximo.
  2. Los diputados que a la fecha hubieren llegado, se reunirán en sesiones preparatorias los dias 1, 2 i 3 del mismo en la sala del Consulado.

Comuníquese e imprímase.—Freire.—Blanco.