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SESION DE 6 DE SETIEMBRE DE 1826

vaga e insignificante que pueda hacerse. Se dice que se hostiliza i aflije al consumidor miserable; por esta razón deben permitirse libres dederechos las importaciones báfetas i de todo otro jénero o manufactura que use la clase mas miserable, i con mucho mas fundamento, porque puede vivir sin fumar i no sin vestirse.

Cuando se mira con tanto odio i hasta se oye con disgusto la palabra estanco, los que informan, aunque parezcan temerarios a la esclamacion de algunos i escuchando solo a su conciencia i al bien del país, no solo opinan por la subsistencia del de tabacos, sino que juzgan mui conveniente i necesario el de azogues que subsistió en la administración de los españoles, anexo a la Tesorería Jeneral. Este, a mas de las conocidas ventajas que proporciona en la venta, trae la de evitar el contrabando de pastas por el freno del correspondido de marcos, sobre que ha tratado esplicadamente i con pruebas irrefragables uno de los que informan en repetidos oficios dirijidos en diversas épocas al Ejecutivo i sobre que la premura del tiempo no permite estenderse.

Fuera de estos dos arbitrios, o son de un efecto mui moroso, o son de mui poco momento i demasiado violentos los demás que pudiéramos someter a la consideración de la Comision i que podrían servir para disolver la contrata con los empresarios i que de aquéllos resultaría un resentimiento jeneral no fácil de acallarlo, si no es usando de la violencia i que tal vez vendría a parar en desastres, por la opresion en que era preciso ocurrir, valiéndose de la fuerza armada.

Protestamos por lo mas sagrado que ningún Ínteres particular, ni la estrecha relación de uno de los que informan con otro de los socios delestanco, sino el espíritu nacional i el bien jeneral nos arrancan la siguiente esposicion denuestros sentimientos: si el Soberano Congreso puede sofocar con la alta influencia de su sanción, ese torrente de invectivas, acechanzas i odiosidades contra los empresarios; si se les presta la mas decidida protección para reponer la respetabilidad con que deben ser miradas sus providencias i si se les asegura que no volverá a ser amagada la inviolabilidad de sus pactos;si se celebra, en fin, una nueva contrata con ellos, que sea aprobada por la Representación Nacional, i que les preste tales seguridades que les inspire la confianza que necesitan para seguirsin vacilar en sus trabajos i dar estension a sus especulaciones necesarísimas, creemos que debería olvidar la idea de trasladar el estanco a la administración fiscal, porque es mui fundado el te mor de que no produzca en este caso la mitad de lo que puede producir a los empresarios, a ménos que se encuentren empleados tan aptos, interesados i celosos por los bienes jenerales como pudieran serlo por los suyos propios; mas, si el Soberano Congreso, por causas que nosotros no alcanzamos, creyese necesaria la rescisión de la contrata, debe esperarse de su sabiduría que en la actual nulidad de nuestras rentas no se deje un nuevo vacío en la estension absoluta del estanco, que a lo ménos debe subsistir ínterin se consuman las especies estancadas i que existen en poder de los empresarios, i que serán el primero i principal recurso con que pueda contar el Gobierno para las graves urjencias del momento; que en el tiempo que trascurra para la venta de dichas especies, acaso estará ya sistemada i organizada la Hacienda en cuyo plan puede estinguirse el estanco, si se descubre con qué subrogarle, o subsistir en caso que así no suceda.

Los informantes nos estenderemos a discurrir que, trasladado el estanco al Fisco, se haga el Reglamento de su administración con audiencia de los empresarios, a quienes la esperiencia ha enseñado el camino del contrabando i de tocar otro fraude, i los medios de obstruirlos, no ménos que el mejor orden económico de las oficinas jenerales i subalternas, sin olvidar por un instante las notorias ocurrencias en el puerto de Valparaíso, donde tocan el oríjen de muchos males que atrasan a la primera renta del Estado, pues no puede esperarse de los empresarios se nieguen a prestar sus conocimientos en aquel importante servicio.

Es cuanto pueden los abajo firmados esponer en el tiempo angustiado de veinticuatro horas, que se les fija perentoriamente para evacuar el presente informe. Dios guarde a US. muchos años.—Casa de Moneda, Santiago, Setiembre 5 de 1826. —José Santiago Portales. —Anselmo de la Cruz. —Al señor Secretario del Soberano Congreso.


Núm. 46

Al pedirme US., en la tarde de ayer, arbitrios con que, al paso que se acalle la voz pública, se conserve la fe de los pactos del Gobierno, el crédito nacional i el respeto de las garantías individuales del ciudadano, para que sea legalmente juzgado i sostenidos sus derechos, compromete US. la cortedad de mis talentos. Pero tan sumiso a la Representación Nacional como atento a objetos tan sagrados, me resuelvo a hablarle con toda la sinceridad propia de mi honor i de mi carácter.

El primer objeto no es lo mas difícil en un pueblo que a su ilustración añade una docilidad sin ejemplo. Si se le presentaran los males, él sabría contentarse con los ménos, principalmente cuando vea comprometido el honor chileno i aun su misma libertad.

US. penetrará mui bien cuánto importa la fe de los contratos con solo considerar que el crédito i el honor penden de esa relijiosidad, i por consiguiente los recursos para sostener el edificio político que, miéntras mas reciente, demandamas delicadeza en sus negocios para no ser abandonados a la insignificancia i maldad.