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322 CONGRESO NACIONAL
  1. Dejar en tabla la reforma de los mayorazgos, (V. sesiones del 29 de Noviembre i del 6 de Diciembre de 1826) el reclamo de las Cortes de Justicia, (V. sesiones del I.° i del 11) i demás asuntos pendientes.

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Aguirre, Arce don Estanislao, Arriagada don Juan Manuel, Bauza, Balbontín, Barros, Benavides, Benavente don Diego, Bilbao, Campos, Campino, Carvallo, Casanova, Donoso, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, González, Huidobro, Hernández, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Marcoleta, Meneses, Molina, Montt don José Santiago, Montt don Lorenzo, Muñoz Bezanilla, Novoa, Olivos, Ojeda, Prats, Pradel, Prado, Pérez, Sapiain, Santa María, Silva don Manuel, Silva don Pió, Tapia, Torres i Vicuña.

Leída i aprobada el acta anterior se da cuenta de un oficio del Ejecutivo, en que acompaña el de la Asamblea de la provincia de Maule. Tomado en consideración i discutido lijeramente, se acordó que, sin perjuicio del dictámen que sobre su contenido abra la Comision de Constitución, se conteste a la referida Asamblea, contraiga sus trabajos, entretanto se fija por una lei el carácter i atribuciones de esta institución, a la organización interior de la provincia, como lo propone en el oficio citado.

Igualmente del de la Asamblea de Aconcagua, avisando su instalación; sobre el que se acordó se archivase, mandándosele algunos ejemplares del reglamento interior de la sala del Congreso, con el correspondiente acuse de recibo.

Se procedió despues a la elección de Presidente i Vice-Presidente; no habiéndose obtenido mayoría absoluta, según previene el reglamento, en dos votaciones, se reiteró en la tercera, en la que resultaron electos el señor Benavente, don Diego, i el señor Meneses para Vice, ámbos con veintidós votos, en contraposición del señor Lazo, que obtuvo veinte para el primer cargo, i el señor Olivos veintiuno paia el segundo. Se proclamaron, en consecuencia, los dos primeros electos para los dos cargos i tomaron el asiento competente.

Durante la votacion, el señor Benavente, don Diego, interpuso renuncia del cargo de diputado, espomendo que, en virtud de ella, se le escluyese del número de los candidatos para los oficios de que se ha hecho mérito. Debatido lijeramente el punto i habiéndose indicado por el señor Infante que esa renuncia debia interponerse por escrito i pasar a la Comision a que correspondiese, convino en ello el señor Benavente, i concluyó la discusión.

En este estado, se levantó la sesión, anunciándose para la siguiente la continuación del proyecto sobre mayorazgos, el reclamo de los Tribunales de Justicia i demás puestos en tabla en las anteriores. —Benavente. —Fernández.


ANEXOS

Núm. 529

El señor Vice Presidente de la República tiene el honor de acompañar al señor Presidente del Congreso la adjunta comunicación de la Asamblea provincial de Maule, que equivocadamente vino rotulada al Presidente de la República, no siendo dirijida sino al del Congreso Nacional.

Con este motivo, el Vice-Presidente de la República saluda al señor Presidente del Congreso, renovándole las protestas de su mas distinguida consideración. —Santiago, Diciembre 2 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —J. M. Gandarillas. Al señor Presidente del Congreso Nacional.


Núm. 530

Soberano Señor:

Nuestros pueblos comitentes nos han franqueado poderes ámplios para que como sus diputados funcionemos en la Honorable Asamblea de esta capital, cumpliendo en todo con las disposiciones legales i para que, ínterin llega el tiempo de inspeccionar el Código Constitucional, trabajemos en la organización i arreglo de lo interior de esta provincia.

Nosotros hemos visto mui de cerca que es preciso formar villas; derramar sobre la faz de la tierra las aguas de los rios; disponer el fácil i cómodo tránsito de los caminos comunes; formar un tesoro provincial con que se proteja la agricultura; disponer un tribunal de justicia para que premie las virtudes de los buenos patriotas i se separe de los ministerios públicos a todos los desnaturalizados que todavía nos detestan i que no puedan ejercer ministerio público hasta que no hayan dado pruebas inequívocas de verdadero arrepentimiento i de su afección a un decidido patriotismo, i vindicádose ante dicho tribunal.

Hemos querido que, para los jueces prefectos del campo, se haga, en cada curato, un nombramiento por sus habitantes libremente i a presencia del párroco i de un prudente comisionado por la Asamblea, debiendo durar el mismo tiempo de los Cabildos i gobernador local.

Hemos tratado también que las tierras baldías que, por este mérito hasta hoi están incultas, sean vendidas en pública subasta, evitando de todos modos el monopolio i arbitiarismo par darle ocasion a cada uno de estos habitantes en que