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288 CONGRESO NACIONAL

Molina, Montt don José Santiago, Muñoz Bezanilla, Novoa, Olivos, Ojeda, Prats, Pérez, Sapiain, Silva don Manuel, Silva don Pío, Santa María i Vicuña.

Pióse cuenta, por el secretario, de un oficio que se habia dirijido por el Ministerio del Interior, pidiéndole los documentos del empréstito del Perú, i se acordó se le remitan.

Pusiéronse en discusión los negocios de Aconcagua, i se leyeron varios documentos relativos a lo mismo; despues de varias indicaciones, se acordó que el Ministro del Interior, que se hallaba presente, solo tenia derecho a la palabra como los demás diputados, i conforme prevenía el reglamento; pero siendo las tres de la tarde i no pudiendo llegar a resolución alguna, se "levantó la sesión, anunciándose, para la órden del dia siguiente, el mismo asunto de Aconcagua con los demás que quedaron en tabla en la anterior.

Nota. También se acordó que si al Ministro se le hacían cargos i se le mandaba contestar, lo hiciere. —Bernardina Bilbao. —Montt.



ANEXOS

Núm. 472

Instruido el Gobierno de que existen en la Secretaría del Congreso varios documentos relativos al empréstito hecho por Chile al Perú, i siendo necesario tenerlos a la vista para instruir competentemente al Plenipotenciario que debe salir para aquella República, el infrascrito Ministro espera que el señor secretario del Congreso se servirá franqueárselos para los fines indicados i aceptar, con este motivo, sus sentimientos de aprecio i perfecta consideración. —Santiago, Noviembre 20 de 1826. —J. M. Gandarillas. —Señor Secretario del Congreso.



Núm. 473

Soberano Congreso:

Es en vano acusar a los pueblos de autores de sus desgracias; es inútil buscar entre ellos mismos la causa de sus ajitaciones i convulsiones; se les ha brindado a gustar el precioso fruto de la libertad, i con mano mezquina se les alejan los remedios proporcionados a su goce. Hé aquí, Excmo. Señor, el oríjen i fundamento de la actual crisis del pueblo de Aconcagua. Tentado continuamente con una alternativa de concesiones i restricciones, ha vacilado en su misma opinion; la división de poderes, dictando a cada paso cosas opuestas entre sí, ha formado el contraste de su acrisolada lealtad.

La Lejislatura Nacional habia sancionado por base fundamental del sistema federal las elecciones populares, i queriendo alejar de ellas todo influjo de los delegados e intendentes directoriales, ha fijado su buen éxito a solo los Cabildos, ordenando que aquéllos depositen el mando a los alcaldes de primera elección para que éstos funcionen esclusivamente en todos los actos concernientes a convocatorias i votaciones. El Poder Ejecutivo, despojando al gobernador local de San Felipe de todas estas prerrogativas i privilejios, de sus ruinas ha creado un nuevo intendente adornado de las sobredichas calidades. El Poder Lejislativo habia ordenado que, durante el período de las elecciones, no se haga novedad con ninguno de los jueces territoriales por pretesto alguno, i el Ejecutivo dicta la separación del gobernador local del distrito de esta ciudad, i con él, la de todo el Cabildo nuevamente electo. La Representación Nacional declara el derecho de sufragar a todo ciudadano a quien la lei no lo priva, i el Ejecutivo despoja a los así desterrados sin hecho propio digno de este castigo. Seria interrumpir la séria ocupada de V. E. en otras narraciones mas prolijas; de estos hechos deberá V. E. deducir el principio de los disturbios de la ciudad de San Felipe; de esta oposicion de poderes i mandatos se ha orijinado la ansiedad i la dura necesidad de acomodarse al uno con desprecio del otro. Convencidos de que mayor poder reside en V. E., no dudamos un momento preferir sus benéficas resoluciones a las subversivas que se nos han comunicado.

La falta en el cumpliminnto de las garantías ofrecidas por el Superior Gobierno ha ocasionado el nuevo movimiento, que no tiene por objeto otro que el de reunir la Asamblea provincial i consultar la Soberaría de V. E. con los adjuntos documentos que en copia acompaño i elevo al superior conocimiento de V. E.

Nos fué prometido alejar de entre nosotros a los autores de los disturbios, i el principal, don Gregorio Echagüe, es enviado por S. E., el VicePresidente de la República, en calidad de secretario de su nuevo intendente; se le aseguró a este vecindario se cubrirían sus pasados procedimientos con el velo de un total olvido i se destierra i aleja a los mejores vecinos con premio i recompensa de los delincuentes. Este vecindario suplica a V. E. la aprobación de su conducta por los motivos espuestos, i que culpas tan disculpables merecerán toda la induljencia de S. E. —Excmo. Señor. —Javier Larrain.



Núm. 474

En la ciudad de San Felipe, en veinte dias del mes de Noviembre de mil ochocientos veintiséis años, reunidos en esta Sala del Ayuntamiento,