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SESION DE 20 DE OCTUBRE DE 1826

que se acusase recibo; levantándose la sesión despues de las dos de la tarde, i anunciándose para la siguiente el proyecto sobre mayorazgos, el mismo asunto de Talca i los demás anunciados en las anteriores. —D. J. Benavente. —F. Fernández.



ANEXOS

Núm. 317

Adjunto a Vuestra Soberanía la representatacion de los empresarios del estanco, que, aunque se resiente de dolor de su situación, he creido no deber demorar por el grave Ínteres de su objeto; éste es que se declare al cargo del Estado toda resulta durante la entrega i se les absuelva de la renuncia de la alzada que dispuso la lei.

Sobre la responsabilidad, es un principio que solo responde el que se ha hecho cargo; i como el Estado, ántes de recibirse, no está en ese caso, tampoco debe responder. Los sucesos de la guerra siempre habrían pesado sobre los empresarios, porque siendo obligados al surtido en todo tiempo, estaban en necesidad de proveer en los puntos que la hai, sin otro recurso que las cautelas que adoptara de acuerdo el factor, para precaverlas entretanto.

Renunciar la alzada es un acto voluntario, i Vuestra Soberanía, convencido seguramente de esta verdad, hizo la prevención de que, no renunciándose, le diese cuenta el Ejecutivo, como lo hace, para que se sirva resolver como fuere del supremo agrado.

Acepte Vuestra Soberanía la especial consideración con que soi su seguro servidor. —Santiago, Octubre 18 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —Agustín de Vial. —Soberano Congreso Nacional.



Núm. 318

Siéndonos inevitable ceder a la fuerza, nos hemos prestado desde el principio a la entrega del estanco, i aun ajilándola nosotros mismos, como consta a US. Nos hemos desprendido de todo manejo, i aun aquellas cosas mas urjentes no se han espedido sin la anuencia del factor, que ha estado haciendo entretanto de interventor. En fin, hemos querido hacer por donde entienda Chile que no nos detiene la codicia de un negocio tan penoso i que nos ha ocasionado tantas rivalidades, insultos, etc., etc. Mas, como la entrega del estanco en todo el Estado es obra que demanda al ménos tres meses, es necesario que se declare pertenecer al Fisco los riesgos del despojo en este tiempo que el estanco se halla en esta especie de acefalía hasta concluir su entrega, como ser incendios, incursiones de los vándalos, etc., etc.

También se nos obliga a comprometer nuestras acciones i derechos; no está en nuestra mano la resistencia, a pesar que éste debia ser el acto mas libre i espontáneo; mas, ya que se deja a nuestra voluntad el renunciar o nó la apelación de este compromiso, avisamos a US. que no podemos hacer tal renuncia, i mucho ménos cuando la lei de estanco manda dar cuenta del juzgamiento a la Corte de Apelaciones en Sala de Hacienda para su aprobación, que es un recurso fiscal, i no podremos jamas consentir en esta desigualdad i desproporcion, ya que se nos dejó libertad para elejir.

US., conforme a la citada lei, puede ponerlo en noticia del Soberano Congreso, i con su resolución serán nombrados inmediatamente los sujetos que por nuestra parte deben nombrarse para el compromiso, según dicha lei.

Aprovechamos esta ocasion para ratificar a US. nuestra consideración i respeto. —Santiago de Chile, Octubre 16 de 1826. —Diego Portales, Cea i Compañía. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda, don Agustín de Vial.



Núm. 319

Señor:

Se aumenta la angustia del Erario, por el concepto divulgado de que Vuestra Soberanía suprime los derechos de licores i patentes; así es que se hacen ilusorias todas las medidas de recaudación. El Gobierno está bien léjos de persuadirse que, cuando está Vuestra Soberanía en la necesidad de crear Hacienda, se supriman entradas sin prévia subrogación; pero ello es que los comerciantes por las patentes responden que han hecho recurso al Soberano Congreso, i los cosecheros que no pagan abiertamente. Cualquiera medida de fuerza sobre cuerpos numerosos, seria sensible, siendo preferibles en todo caso las de suavidad, estimo de toda necesidad que Vuestra Soberanía se pronuncie, si fuese servido, cuanto ántes, porque ni las urjencias dan espera, ni el honor mismo del Gobierno permite continuar en una inacción que lo degrada.

Acepte Vuestra Soberanía las consideraciones del aprecio con que soi su seguro servidor. —Santiago, Octubre 18 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —Agustín de Vial. —Soberano Congreso Nacional.



Núm. 320

El Vice Presidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo, tiene el honor de poner en la consideración del Soberano Congreso que, a las tres de la mañana de este dia, ha desaparecido de su cuartel ePescuadron de Guias, escolta del Gobierno, conducido por el capitan agregado al mismo don José María Valenzuela. Este inespe