▼de la Nación dictaron la lei de 20 de Julio a los pueblos para la elección popular de sus autoridades municipales, no han hecho excepción de los partidos cuya cabecera no tenga denominación de ciudad o villa, he informado que en el departamento de ▼Puchacai, por este motivo, justamente de ningún valor e irracional, no se hizo.
Celoso, por otra parte, que se evite toda duda en las deliberaciones délos lejisladores, me propongo, a este respecto, el honor de empeñar su alta consideración en el siguiente
Artículo primero. El pueblo cabecera del partido de Puchacai se denominará villa de ▼Caupolican i elijirá como todos su ▼Cabildo.
Art. 2.º Cualquier otro partido que se halle en el caso del anterior, propondrá a la Lejislatura la denominación de la villa que deba ser cabecera, sin perjuicio de nombrar su Cuerpo Municipal.
Art. 3.º Comuníquese al Ejecutivo en la forma de estilo. —Sala de sesiones del Congreso, Octubre 2 de 1826. —▼Ignacio Molina.
Núm. 195
Soberano Señor:
▼El ▼Cabildo de Valparaíso, cuando ha visto la lei para la elección de Asambleas, que solo el dia de hoi se ha publicado, porque no se habia remitido a este Gobierno, no puede dejar de observar a Vuestra Soberanía que, aunque es verdad que tiene este pueblo un solo curato, su poblacion es de cerca de veinte mil habitantes, i parece que la justicia exije haya de tener igual número de diputados en la Lejislatura provincial que el que tienen otros pueblos de igual poblacion; pues mandando uno solo Valparaíso, teme no lograr los reparos de que tanto necesita, porque todos saben que es de necesidad hacer muelle, tajamar, tapar quebradas, componer caminos, etc., i sin duda alguna miéntras ménos individuos haya que apoyen su solicitud, han de ser ménos las ventajas que obtenga.
Sí es indudable que al ▼Congreso Nacional va un diputado por Valparaíso i otro por Melipilla, no debe estrañarse que, cuando por este punto concurren ahora cuatro a la Asamblea, deba Valparaíso mandar otros tantos, porque de otra suerte esta representación será incompleta, cuando en todos los pueblos de la provincia guarda tanto equilibrio. Este pueblo es, sin duda alguna, el segundo de la Nación, por ser el canal de la riqueza de la capital, por su comercio, edificios i situación local. ¿I será posible que, para la concurrencia a una de las funciones mas augustas, ha de ser el mas pequeño, i espuesto a cada paso a quedar sin representación por enfermedad o cualquiera otra vicisitud de su ▼diputado? La lei prohibe el nombrar sus suplentes; si algún punto necesita mas de la ascensión de la Asamblea, es éste, i seguramente, faltando el diputado, ni habrá quién reclame ni quién exija por que se planteen las obras que ha insinuado. Estos conocimientos, tomados en consideración de Vuestra Soberanía, no pueden dejar de surtir el efecto que deseamos para que, en atención al mucho jentío que incluye este curato, se le otorgue nombrar el número que solicita; teniendo la Representación Nacional la bondad de avisarnos si se suspenderá la elección, a que se ha convocado para el viérnes 6 del entrante Octubre, si por sus muchas ocupaciones no pudiere resolver este asunto, que parece de fácil espedicion.
De todos modos, el Cabildo i pueblo que representa, están prontos a obedecer sin reparo las leyes i decisiones que, tanto sobre este particular como en lo demás, tuviese a bien dictar la Soberanía Nacional, ofreciéndole su mas alta consideración i respeto. —Municipalidad de Valparaíso, Setiembre 30 de 1826. —Soberano Señor. —Gregorio Reyes. —Francisco Vargas. —Miguel Pérez. —▼Martín Manterola.
Núm. 196
▼El Congreso Nacional tomó en consideración, en sesión de ayer, la representación de la Ilustre ▼Municipalidad de Valparaíso, de 30 del pasado, i ha resuelto que, siendo provisoria la lei que se ha dado, se observe; entretanto, la Asamblea provincial no prescriba otra cosa.
El Secretario que suscribe tiene la honra de comunicarlo a la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, de órden de la Representación Nacional, en contestación a su apreciable nota; i se complace de que se le presente esta oportunidad para ofrecer las consideraciones de su mayor aprecio.
—Secretaría del ▼Congreso, Octubre 3 de 1826, —A los señores de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso.
Núm. 197
▼El ▼Congreso Nacional tomó en consideración, en sesión de ayer, las notas del ▼Presidente de la República, de 5 i 27 del próximo pasado, relativas al ▼nombramiento de ▼Ministro de Guerra en la persona del mariscal de campo don ▼Luis de la Cruz, i ha resuelto que, sin embargo de estar ordenado por lei del Congreso no admitirse renuncia a ningún diputado sin causa gravísima, el Congreso, en su deseo de prestar al Ejecutivo todas las facilidades que estén a sus alcances