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SESION DE 25 DE SETIEMBRE DE 1826

da don Juan Manuel, Bauza, Balbontín, Benavente, Benavides, Bustos, Campino don Joaquín, Campino don Enrique, Campos, Donoso, Elizondo, Eyzaguirre, Fariñas, Hernández, Huici, Infante,Irarrázaval, Lavín, López, Marcoleta, Mena, Molina, Montt don J. Santiago, Montt don Lorenzo, Muñoz Bezanilla, Novoa, Olivos, Ojeda, Pérez, Prats, Sierra, Torres i Vicuña.

Leida el acta anterior, fué aprobada con la indicación del señor Campino, puesta por una nota i por la que se espresó que, en la sesión del 22, se habia suspendido la continuación en los negocios de estanco, de que se estaba tratando en primera hora, por haber entrado a las materias destinadas para la segunda.

Leyéronse tres oficios del Presidente de la República; el primero i segundo, acusando recibos de la lei sobre enajenación de bienes de reguiares, i el modo como han de enajenarse, i se mandaron archivar. El tercero, avisando haberse empleado al edecán don Isaac Thompson en uno de los cuerpos de milicia. En su consecuencia, i habiéndose propuesto para que le subrogase al teniente coronel don Pablo Silva, fué aprobado, i mandado se oficiase al Ejecutivo esta resolución.

Se dió cuenta de la renuncia del suplente de Rancagua, don Santiago Echévers, i se acordó admitírsele, i que, por Secretaría, se oficie nuevamente al propietario para que concurra.

Leyéronse los poderes de don Bernardino Bilbao, diputado por Lináres, i se mandaron pasar a la Comision respectiva.

Se hizo presente una representación del juez de letras de Talca, por la que solicitaba no se le removiese de aquel lugar en el perentorio término que se le habia designado, i se mandó ocurriese al Gobierno.

Dióse cuenta del dictámen de la Comision de Constitución, sobre el proyecto del señor Infante, para que los intendentes sean elejidos por los pueblos en la forma que previenen los artículos, i se mandó traer a discusión por su órden.

Asimismo se dió cuenta del dictámen de la sma Comision, sobre las dudas ocurridas al intendente de Colchagua, en la presente elección de Asambleas. Adhiriéndose la Sala a él, se acordó que, estando decidido el caso en el artículo 4.º de la lei de 17 de Agosto, se oficiase al Ejecutivo para que hiciese saber a los partidos de Talca, Curicó i San Fernando que, reuniéndose en éste sus dos curatos de menor poblacion para la elección de un diputado a la Asamblea i lo mismo en Curicó, resultarán, con los seis de Talca en número de 24 diputados electos.

Se incorporó a la Sala el señor diputado don Mariano Benavente, habiendo ántes prestado el juramento de estilo.

En este estado, el señor Presidente espuso que seria conveniente acordar algún remedio para que concurran los diputados diariamente a las sesiones. Al efecto, se hizo leer la sesión del 8 de Abril del Congreso del año 1824, i a mas presentó un proyecto de decreto que se mandó pasar a la Comision de Policía Interior, i por estar incompleta, se nombró al señor Pérez.

En seguida i conforme a la órden del dia, se puso en discusión el negocio sobre estanco. Leídos los diferentes dictámenes que sobre él habia, se votó cuál debería tomarse en consideración, i resultó, por una mayoría absoluta, fuese el de la Comision especial nombrada para este efecto.

En segunda hora principióse la discusión con el artículo I.°, i declarado suficientemente discutido, se votó por la proposicion siguiente: ¿Se fija término o se deja a la voluntad de la Lejislatura? Resultó por treinta i un sufrajios contra nueve dejarse a la voluntad de la Lejislatura, i los señores Infante, Molina, Fariñas, Sierra i Ojeda pidieron se espresase su voto, de ser por que se fije término.

En su consecuencia, se sancionaron los artículos siguientes:

Artículo primero. La duración del estanco será por el tiempo de la voluntad de la Lejislatura.

Art. 2.º El Ejecutivo formará inmediatamen te un reglamento para la administración de las especies estancadas, que pasará a la Lejislatura para su aprobación, sin perjuicio de ponerlo en planta desde el momento.

El señor Infante lo improbó.

Art. 3.º En la introducción, venta i espendio de las especies estancadas, no se pondrán mas restricciones que las que de hecho se practicaban en el dia por los empresarios, en la forma que se determinará por el reglamento del Ejecutivo.

El señor Infante i Fariñas fueron de dictámen en contrario.

Habiéndose, finalmente, leido un oficio del Ejecutivo por el que se pide se le deje en las atribuciones que ántes tenia para poder proceder contra los empleados de Hacienda, se mandó pasar a las Comisiones de Hacienda i Lejislacion en unión.

En este estado, se levantó la sesión a las dos i media de la tarde, anunciándose en la órden del dia siguiente, a primera hora, la mocion del señor Prats sobre intendentes, i a segunda, la continuación del proyecto sobre estanco. —José Miguel Infante, Presidente. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 146

Con esta misma fecha, he mandado cumplir i guardar la lei que el Soberano Congreso sancionó, en sesión del dia veintitrés de Agosto, ordenando la venta de los bienes de regulares, i