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SESION DE 16 DE FEBRERO DE 1821

It. Don Bernardino Torres i don Tomás Jiménez.

It. Don José Antonio Contreras i don Manuel Troncoso.

It. Don José Antonio Rivera i don Juan José Palacios.

It. Don Salvador Poblete.

It. Don José María Barrera.

It. Don Juan de Ojeda.

It. Don Fernando Olivares.

It. Don José María Reyes.

It. Don Lorenzo Poblete.

It. Don Domingo Contreras.

It. Don José María Solar.

Sala Capitular de Chillan, Enero 31 de 1821. —Pedro Ramon de Arriagada. —Juan Tiburcio de Acuña. —Ramon Lantaño. —Antonio Vargas. —Juan de Dios Jiménez. —Juan Miguel Olivares. —José Antonio Zúñiga, procurador jeneral.


Núm. 65[1]

Excmo. Señor:

Despues que mis servicios en la marina nacional i la munificencia del Supremo Gobierno me habian elevado al empleo de contra almirante de su escuadra, en la cual me hallaba embarcado cuando se preparaba a salir la espedicion líbertadora del Perú, creyóse mas conveniente al interes del Estado que yo pasase a continuar mis servicios en el ejército con el carácter de mariscal de campo, que tengo el honor de investir. En esta mutación, que admití gustoso, pensando poder ser útil para el objeto que se me proponía, de organizar i diríjír el ejército que quedaba dentro del Estado, he tenido que renunciar a las considerables ventajas i emolumentos que mi primer destino me ofrecía, perdí mi opcion a la parte que en las presas debia tocarme, i al paso que mis obvenciones disminuyeron, se aumentaron los gastos que mi persona i el decoro de mi empleo en tierra demandan. Estoi conforme con los sacrificios que he sufrido, pero no me parece que mi sueldo, por lo ménos, deba ser inferior al que en la marina disfrutaba, supuesto que, no mi conveniencia, sino la conveniencia del Estado me hizo mudar de puesto.

Nada ha resuelto acerca de esto el Poder Ejecutivo, por ser esta una decision que dice pertenecer privativamente al Excmo. Senado.

Por cuya razon, a V.E. respetuosamente me presento con el permiso que para ello tengo de S.E., el Supremo Director, suplicando se sirva declararme acreedor al mismo sueldo que gozaba en la marina, como contra-almirante efectivo de la escuadra. Es gracia que espero recibir de V.E. —Santiago de Chile, 15 de Febrero de 1821. —Excmo. Señor. —Manuel Blanco Encalada.


Núm. 66

Excmo. Señor:

El Tribunal de Cuentas propuso a V.E. un medio para cubrir los créditos del Erario, sin perjuicio de las entradas en numerario para los gastos mas urjentes del Estado. V.E. lo indicó al Senado, instando por su aprobacion i como sea conforme a derecho i a la sana política de todas las naciones proporcionar los pagos, dejando los precisos alimentos al cuerpo social, se acordó que todos los derechos se cubriesen en dinero efectivo i no en vales, separando mensualmente veinticinco mil pesos para los acreedores. De este modo ántes de un año todos serian cubiertos i el Estado sostenido; pagando sus tropas i empleados, sin cuyo auxilio perderían los acreedores o al ménos pondrían de peor condicion sus respectivos créditos. Hasta hoi ignora el Senado la sanción de tan importante acuerdo; advierte i sabe que el Erario se halla exhausto i que no se adopta otra medida que buscar dinero con desmedidas usuras que facilita el comerciante, cuando tiene que pagar derechos, para cubrirlos con aquellas mismas que se le ofrecen. De este modo jamas llegará el dia que se amortice este crédito i se desangre el Erario. Es, pues, de necesidad que V.E. sancione i publique aquella resolucion, o en caso de tener que hacer sobre ella algunas observaciones, sea con la posible brevedad para acordar otros arbitrios con que salir de los apuros. Este es el gran negocio que debe ocupar toda la atencion de V.E. i el Senado; al efecto, hemos acordado sean continuas i diarias nuestras sesiones, hasta dejarlo espedito, pues que de él pende la subsistencia del Estado, ántes que se desplome el edificio con la ruina que le amenaza. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Febrero 16 de 1801. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 67

Excmo. Señor:

Para tratar negocios de gravedad i del mayor interes para la República, necesita el Senado tener una sesion con presencia de los señores Ministros de V.E. A este efecto ha meditado la discusion sea el lúnes, diezinueve del que rije, i puede V.E. prevenirles ocurran a las diez de la mañana, a la sala del despacho. —Dios guarde a

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Miscelánea, año de 1818 a 36, tomo 160. del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)