Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/361

Esta página ha sido validada
361
SESION DE 22 DE OCTUBRE DE 1821

señor vocal don Juan Agustin Alcalde, ordenó S.E. se le manifestara que, si por su decidido interes en favor de la libertad de América i por su patriotismo admitió gustoso el cargo de senador que le confiaron los pueblos de la nacion, no era posible que ántes del Congreso Jeneral se le permitiera la separacion de un cargo que ha desempeñado con tanta dignidad, i que si quitados los tropiezos de la anarquía, se esperaba por momentos la conclusion de nuestra lucha con los enemigos, se sirviera esperar ese corto tiempo, continuando la mortificacion que ha tenido hasta el dia por el abandono de sus intereses. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 500

Pide se apruebe el nombramiento de mayordomo mayor dei hospital del señor San Juan de Dios de esta ciudad, en don Manuel de Ortúzar.

Excmo. Señor:

No hallando ya arbitrio la diputacion encargada del cuidado i asistencia del hospital del señor San Juan de Dios para poder sostenerlo, llegando al estremo que algunos de sus individuos opinasen el que no se admitiesen mas enfermos i que se cerrase el hospital; en medio de este conflicto, se acordó el que se nombrase un mayordomo, en quien, cediéndose todas las facultades de la diputacion i del protector, él solo corriese con toda la administracion, no solo en cuanto a lo interior del hospital, que es decir en cuanto a su economía de sus dependientes i respectivo cumplimiento de sus deberes, sino también en cuanto a la recaudacion de sus rentas. Don Manuel de Ortúzar habia ido mui rogado para asistir únicamente por tres dias, aun sin ser diputado, i lo supliese por don Ignacio Valdés que iba a completar dos semanas sin haber habido otro que lo sustituyese. Antes de completarse los tres dias se circularon recados a varios diputados para que hiciesen su semana i no hubo uno que concurriese i por consiguiente se allanó don Manuel a continuar. El jueves de esa semana (como es costumbre), se repitió la propia dilijencia de recados, i sucedió lo mismo que en la anterior i así en sucesion. I al paso que se iba multiplicando, o la indolencia o la imposibilidad, se acimentaba la caridad de don Manuel, su amor e interes por la casa, su compasion i lástima por los enfermos, su empeño en que todos, desde el relijioso hasta el último sirviente, estuviesen en las salas i atentos al pronto socorro de estos infelices; su asistencia a la cocina para el conocimiento de la limpieza de la comida i abundancia; su presencia a la botica al laboratorio de medicina; su ahorro i surtimiento al aseo, fumigaciones i perfumes de las salas; al acopio de lienzos para el vestuario i cama de los pobres; sus privadas limosnas, sus crecidos públicos suplementos, por no poderse conseguir un cuadrante de los deudores, a pesar de súplicas i apremios; su esmero en la recaudacion de los intereses adeudados; i en suma se ha constituido en un padre tan dilijente en el sosten de aquella casa, que han corrido meses i mas meses de aquellos tres dias sin que se haya notado su falta, desde las seis de la mañana hasta las doce i desde las dos o tres de la tarde hasta las nueve de la noche, siendo fruto de su empeñosa dedicacion, el que se sostengan ciento veinte enfermos con setecientos a ochocientos pesos, cuando ántes en cincuenta o sesenta se gastaban mil.

Estoi cierto que V.E. me hará el honor de creer mi esposicion, como producida a presencia de todos los individuos del hospital i de todo el público, que pudieran desmentirla. Pero también lo estoi de que un alma que tiene un íntimo enlace con nuestros sentidos, no queda perfectamente satisfecha si por medio de éstos no presencia las cosas. Así toda la diputación i el protector se llenarían del mayor placer si V.E. o alguno de los señores que se comisionan, se acercase a presenciar por sí mismo el servicio de toda la casa i sus dependientes.

No parezca a V.E. que a esto único ha estado reducido el ímprobo trabajo de don Manuel. Le ha sido preciso armarse a las veces de una suma prudencia i en otras de severidad i dureza para remediar unos desórdenes que, a pasos largos, llevaban a la casa a su total ruina.

Los ojos atentos de la diputacion que atisbaban las operaciones de este hombre, criado por el cielo para el desempeño de un objeto tan importante, cual es entre todos el socorro i consuelo de la humanidad aflijida, convocó a junta, i por el voto unánime de dieziseis vocales se le nombró de mayordomo mayor interino. Hizo esta eleccion con la calidad de ínter: lo uno porque no podian nombrarlo en propiedad, i lo otro para observar, si el tiempo mismo aprobaba la actitud de su eleccion. Efectivamente, a toda su satisfaccion han corrido parejas sus intenciones con las realidades. Ya parecería una terquedad el que siguiese con solo la investidura de interino i no se consiguiese de V.E. (como lo hago) su aprobacion. Sírvase V.E. aprobar este nombramiento como que descansa en el voto uniforme de la diputacion i del protector que suscribe. —Santiago, Octubre 20 de 1821. —Excmo. Señor. —Lorenzo José de Villalon. —Excmo. Supremo Senado.