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SESION DE 3 DE OCTUBRE DE 1821

habia inferido perjuicio alguno a la causa del país, dando a conocer su decision por la libertad de América, con las voluntarias oblaciones que ejecutó en numerario, siendo la una de seiscientos pesos i la otra de doscientos pesos, para ayudar con ellas a la defensa de las armas de la patria i auxiliar al Erario en sus apuros. I, para la satisfaccion de los agraciados, se servirá V.E. prevenir se inserte esta relacion en la Ministerial. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Octubre 5 de 1821. Al Excmo. Señor Supremo Director.