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SENADO CONSERVADOR
- lo sucesivo; sobre que se darán las competentes instrucciones.
- Que cualquiera ocurrencia que no se haya tenido presente en estas instrucciones, i parezca de necesidad proveer ántes de la remision de diputados, se consultará para acordar i resolver lo conveniente. I, mandando S.E. se pasara copia al Excmo. Señor ▼Supremo Director, firmaron los señores senadores con el infrascrito secrecretario en la Sala del Senado, i Setiembre 14 de 1821. —▼Juan Agustin Alcalde. —José María de Rozas. —▼José Ignacio Cienfuegos. —▼Francisco B. Fontecilla. —▼Francisco Antonio Perez. —José María Villarreal, secretario. —Es copia. —Villarreal, secretario.
Num. 428[1]
Exento. Señor:
▼Las instrucciones que en copia se remiten a V.E., las ha acordado el ▼Senado para que por ellas proceda el Ministro enviado cerca del Gobierno de la capital del Perú; i si son de la aprobacion de V.E., puede ordenar se le comuniquen. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala del Senado, Setiembre 14 de 1821. —▼Juan Agustin Alcalde. —José Maria Villarreal, secretario. —Excmo. Señor ▼Supremo Director de la República.
- ↑ Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Lejislaturas, 1820-23, pájina 164, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)