Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/285

Esta página ha sido validada
285
SESION DE 3 DE SETIEMBRE DE 1821
SENADO CONSERVADOR
SESION 381, ORDINARIA, EN 3 DE SETIEMBRE DE 1821
PRESIDENCIA DE DON JUAN AGUSTIN ALCALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Suspension del Gobernador-Intendente de la capital. —Duracion de las funciones de los Gobernadores-Intendentes i de los Tenientes-Gobernadores. —Eleccion de estos funcionarios. —Acta. —Anexo.


Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José María (secretario)

ACUERDOS

Se acuerda:

Declarar que la Junta Superior de Hacienda ha juzgado, en conformidad a la Constitucion i a las leyes, la causa que don Felipe Conti Carranza ha seguido contra el Gobernador-Intendente de la capital; que el hermano del juez no puede ser procurador ni abogado, pero sí puede serlo el hermano de un Ministro de tribunal colejiado; (V. sesion del 27 de Octubre de 1819); que, en conformidad a la Constitucion, las funciones de Gobernador-Intendente i de Teniente-Gobernador deben durar solo tres años, i al fin del trienio los titulares deben cesar en ellas i ser sometidos a juicio de residencia; i que, para miéntras se dicta un reglamento de elecciones populares, cada Cabildo proponga al Supremo Director una terna de chilenos arraigados en el lugar i dotados de las demas cualidades de lei a fin de que aquel majistrado elija. (Anexo número 406. V. sesiones del 28 de Setiembre de 1811,) del 20 de Julio de 1821 i del 18 de Marzo de 1822.)


ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a tres dias del mes de Setiembre de mil ochocientos veintiún años, reunido el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se leyó el espediente que pasó en consulta el Supremo Gobierno, i se decidió en la Junta de Hacienda sobre el hecho de la suspension del Gobernador-Intendente de esta capital por consecuencia de la querella criminal que se entabló por don Felipe Conti i Carranza; i con presencia de los puntos consultados, resolvió S.E.: lo primero, que la Junta de Hacienda habia juzgado la causa de que se ha hecho mérito observando lo dispuesto en la Constitucion i los posteriores senados-consultos, i que la parte que se sintió agra