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SESION EN 30 DE ABRIL DE 1821
SENADO CONSERVADOR
SESION 346, ORDINARIA, EN 30 DE ABRIL DE 1821
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PEREZ
SESION 346, ORDINARIA, EN 30 DE ABRIL DE 1821
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PEREZ
SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Solicitud del escribano del Cabildo i rejistro de Valparaíso. —Solicitud de don Pedro María Arias. —Escuela en Quillota. —Separacion del edecán don Manuel Rencoret. —Sueldo del jeneral don Manuel Blanco Encalada. —Habilitacion de los puertos del Huasco i Copiapó. —Acta. —Anexos.
Asisten los señores:
- Alcalde Juan Agustin
- Fontecilla Francisco B.
- Perez Francisco Antonio
- Rozas José María de
- Villarreal José Maria (secretario)
CUENTA
Se da cuenta:
- De un oficio en que el Supremo Director comunica haber sido ya aliviado de las prisiones el reo Manuel Antonio González, conforme a lo dispuesto por el Excmo. Senado. (Anexo núm. 188. V. sesiones del 26 de Abril i del 20 de Junio de 1821.)
- De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña un proyecto de reglamento que sirva de norma al tribunal de presas, proyecto formado por los jueces que componen dicho tribunal. (Anexos núms. 189 i 190. V. sesiones del 12 de Marzo i del 2 de Abril de 1819 i del 11 de Mayo de 1821.)
- De una solicitud de los escribanos del Cabildo i rejistros de Valparaíso, informada por el gobernador del mismo puerto i por la Contaduría Mayor, i por la cual piden se les asigne alguna remuneracion por la asistencia que prestan a la carga, a la descarga i al reconocimiento de los buques.
ACUERDOS
Se acuerda:
- Abonar a los escribanos reclamantes de Valparaíso la suma de tres pesos diarios, con la obligacion de trabajar seis horas en cada dia. (Anexo núm. 191. V. sesion del 30 Julio de 1821.)
- Mandar pagar a don Pedro María Arias la remuneracion que corresponde a los servicios que prestó en la Contaduría Mayor. (Anexo núm. 192. V. sesion del 27.)
- Acceder a la solicitud del Cabildo de Quillota i oficiar, en consecuencia, al Supremo Director que haga cumplir un decreto de 1813 sobre la materia. (Anexo núm. 193. V. sesion del 26.)