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CORTE DE REPRESENTANTES

del mariscal de campo don Joaquin Prieto, i de los coroneles don Luis Pereira i don Tomas O'Higgins que confeccione un proyecto de reglamento de las milicias de caballería. (Anexo núm. 511. V. sesiones del 13 de Setiembre de 1822, del 4 de Enero i del 12 de Mayo de 1823.)


ACTA

Se abrió a las once i media de la mañana, con los cinco señores que en la actualidad están funcionando.

Se leyó el acta i fué aprobada.

Se recibió un oficio del Teniente-Gobernador de la villa de Quirihue, exijiendo el despacho de cierta solicitud que hizo el pueblo a la H.C., i se decretó que se agregase a sus antecedentes i se diese cuenta para la sesion siguiente.

Se recibió otro del Supremo Delegado en el departamento de Hacienda, contestando a la Excma. Corte, en que se le pide copia de los poderes otorgados al Plenipotenciario del Gobierno de Chile en Londres, i anunciando no encontrarse en los libros del Gobierno i que solo debería estar en los de acuerdos del Excmo. Senado, resolvió S.E.S. que el secretario certificase con inspección de los enunciados libros si se hallaban los tales poderes.

A continuacion se tomó en consideracion el espediente sobre formar un reglamento a las milicias disciplinadas de caballería de esta capital, i discutida la materia, con vista de los apuntes, informes i dilijencias practicadas en ella, se acordó someter su conocimiento a una comision compuesta por el señor vocal Vice-Presidente, mariscal de campo don Joaquin Prieto, i los señores coroneles don Luis Pereira i don Tomas O'Higgins, encargando a estos señores que combinasen el reglamento con lo dispuesto en la Constitucion novísima.

Se alzó la sesion a la una i cuarto de la tarde. —Ruiz Tagle. —Prieto. —Dr. Albano. —Montt. —Valdivieso. —José T. Mancheño, secretario.


ANEXOS

Núm. 509

Excma. Suprema Corte:

Tengo la honra de elevar a la resolucion de V.E.S. la solicitud de don Onofre Bunster, sobre internacion de maderas a Valparaíso con las ampliaciones que espresa, i el Tribunal del Consulado lo favorece; i, desde luego, S.E.S. tendrá a bien conciliar los intereses que versan en su determinacion que tenga a bien estender, recibiendo mi firme consideracion. —Santiago, 6 de Diciembre de 1822. —José Antonio RodríguezExcma. Suprema Corte de Representantes.


Núm. 510

Excmo. Señor:

Habiéndose trasmitido justa i lejíjtimámente toda la representacion i facultades de la República en las honrosas personas que componen la Junta de Cortes, según lo anunciado a esta provincia, el diputado de este partido don Juan Antonio González, en su nota de 29 de Octubre próximo pasado, en la que advierte dejaba recomendados e iniciados todos los asuntos pertenecientes a este Gobierno i sus habisantes, i particularmente el de la subdivisión de esta jurisdiccion, que, según lo representado i acordado por la Honorable Convencion, como por lo dispuesto en la sábia Constitucion, debia quedar todo reducido a su antiguo estadb; i estinguiéndose de este modo la particion susodicha, i cuya reintegracion reclamaron los habitantes de est i provincia.

En su consecuencia, recuerdo a V.E. tenga la bondad de declarar este punto según su mérito i dispuesto por la indicada Constitucion, siendo conforme en todo a la voluntad jeneral de los individuos que componen esta poblacion que tengo el honor de mandar. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Quirihue i Noviembre 23 de 1822. —Excmo. Señor. —Manuel González. —Excmos. Señores de la Junta de Cortes de la República de Chile.


Núm. 511

La Corte de Representantes ha nombrado a US. socio a una comision compuesta por el señor vocal Vice-Presidente, mariscal de campo don Joaquin Prieto, i el señor coronel don Tomas O'Higgins, para que los tres formen el reglamento de milicias de caballería de esta capital, combinando los antecedentes que hai en la materia con lo dispuesto en nuestra Constitucion novísima. —De suprema órden tengo el honor de comunicarlo a US., ofreciéndole con sinceridad mis respetos. —Secretaría de Corte, Diciembre 7 de 1822. — Señores coroneles don Luis Pereira i don Tomas O'Higgins.