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CORTE DE REPRESENTANTES
CORTE DE REPRESENTANTES
SESION 16, EN 5 DE DICIEMBRE DE 1822
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RUIZ TAGLE


SUMARIO. —Lista de los representantes que asisten a la sesion. —Se acuerda pasar al Supremo Gobierno la solicitud presentada por don Juan de Dios Romero en nombre del cura de Lináres, para que pida ciertos dictámenes, i fecho, devuelva el espediente, a fin de dictar la lei que corresponda. —Acta.


Asisten los señores:

Albano Casimiro
Montt José Santiago
Prieto Joaquin
Ruiz Tagle Francisco
Valdivieso i Vargas Francisco Antonio
Mancheño José Tadeo (secretario)

ACUERDOS

Se acuerda:

Sobre la representacion que don Juan de Dios Romero ha entablado por el cura de Linares, don Mateo de Alcázar, para que se declare cuál es el Tribunal que debe entender en cierta alzada, mandar que se pasen al Gobierno los antecedentes para que, oidos el fiscal, el obispo i la Cámara de Justicia, lo devuelva para dictar la lei que convenga. (V. sesiones del 4 de Diciembre de 1822 i ordinaria del 6 de Diciembre de 1822.)


ACTA

En la ciudad deSantiago de Chile, en cinco dias del mes de Diciembre de mil ochocientos veintidós de la éra vulgar, el 13 de nuestra libertad i el 5.º de la independencia nacional, reunidos los señores de la Excma. Suprema Corte de Representantes en sesion ordinaria, tomaron en consideracion el espediente hecho por don Juan de Dios Romero, a nombre del cura de Lináres, don Mateo de Alcázar, sobre que se designase juez de segunda instancia, para recurrir de cierta providencia dada por el Gobernador del Obispado de Concepcion, sobre las primicias que le correspondían al anunciado párroco i, teniendo presente que, por el artículo 200 de nuestra Constitucion, Chile indepediente no debe sujetar el conocimiento de sus causas a autoridades de distinto territorio, acordaron que, para establecer las que debían entender en los negocios eclesiásticos, según las instancias que permitan, se oficiase al Supremo Poder Ejecutivo, a fin de que sin demora formase un espediente sobre esta materia, oyese a los fiscales, pidiese informe al Ilustrísimo Diocesano, lo remitiese en voto consultivo a la Excma. Cámara, i con cualquiera otra tramitación que estimase conveniente al efecto, lo mandase su S.E. Suprema a la Corte para dictar las leyes que correspondan; firmaron este acuerdo el dia de su fecha ante el infrascrito secretario. —Francisco Ruiz. Tagle. —Joaquin Prieto. —Francisco Antonio Valdivieso Vargas. —José Santiago Montt. —Dr. Casimiro Albano. —José T. Mancheño, secretario.