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SESION DE 16 DE JUNIO DE 1823

asesorar, i no del de abogar como equivocadamente se comunicó. (Anexo núm. 336. V. sesiones del 23 de Mayo i del 11 de Junio.)

  1. Sobre la consulta de los Ministros tesoreros, que, para resolver, se traiga a la vista el espediente relativo a la pension asignada a doña Mercedes Villegas. Anexo número 337. V. sesiones del 13, del 20 i del 23.)
  2. Reconsiderar el acuerdo de la sesion del 11 de los corrientes sobre nueva eleccion de Teniente-Gobernador de Quillota i pasar al Poder Ejecutivo los antecedentes para que dicte las providencias oportunas. (Anexo núm. 338. V. sesion del 7 de Julio.)
  3. Que se cumpla el senado-consulto del 6 de los corrientes sobre los matrimonios de los prisioneros de guerra. (Anexo núm. 339.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a dieziseis dias del mes de Junio de mil ochocientos veintitres, no pudiendo desentenderse el Senado de que, por la Constitucion del año 18, en el artículo 18, capítulo 1.º, título IV, se previene que se pase a la sala cada mes una razon circunstanciada que demuestre por clases i ramos los ingresos e inversiones de los caudales nacionales, con cuyo deber no se ha cumplido, acordó el Senado se oficiase al Poder Ejecutivo sobre el cumplimiento de la citada prevencion constitucional.

Visto segunda vez en el Senado el espediente seguido por don Francisco Solano Briceño, sobre que se declare si debe despachar el Tribunal de la Contaduria Mayor, reunido o por departamentos, con el mérito del informe del contador decano del mismo Tribunal, acordó la sala que ámbos contadores obren reunidos.

Teniendo en consideracion el Senado las observaciones de la Cámara de Justicia, comunicadas por el Gobierno sobre el acuerdo a consecuencia del reclamo del artesano Pascual Salazar, ordenó la sala, en sesion de la fecha, se contestase al Poder Ejecutivo, significándole que, por un equívoco de secretaría, se escribió ejercicio de abogar, donde debia decir ejercicio de asesorar, segun lo acordado sobre la materia en veintitres de Mayo último.

En cuanto a la solicitud de doña Mercedes Villegas, viuda de don Domingo Pérez, sobre que se le cumpla o haga efectiva la asignacion del montepío, con que el Gobierno anterior quiso socorrerla en su orfandad, que el Poder Ejecutivo remitió al Senado para resolver con su dictámen, acordó la sala, en sesion de la fecha, se pidiese al Ministerio el espediente obrado sobre el particular.

Tomando el Senado en consideracion las comunicaciones que ha recibido del Cabildo i censor de la villa de Quillota, reclamando la conducta i mala versacion del actual Teniente-Gobernador, con el objeto de que se le deponga del empleo, acordó la sala, en sesion de la fecha, se remitieran al Poder Ejecutivo aquellos antecedentes, para que éste tome las providencias oportunas, acallando las turbulencias i fermento del vecindario, a quien representan los oficiantes, dándose a éstos previamente noticia de dicha resolucion, en fuerza de la cual se suspenden los efectos del acuerdo de once del corriente que trata del mismo particular. I concluida la sesion firmaron los senadores con el secretario. —Novoa. —Errázuriz. —Arce. —Hurtado. —Infante. —Gutiérrez. —Barros. —Henríquez.


ANEXOS

Núm. 331

El Director Supremo de Estado incluye al Senado Conservador una lista de los oficios recibidos por el departamento de Gobierno i Relaciones Esteriores, desde 6 de Abril último. De todos ellos el que no se ha devuelto ha sido cumplido inmediatamente i el Director lo avisa al Senado para su intelijencia i satisfaccion, protestándole al mismo tiempo toda su consideracion i aprecio. —Palacio Dírectorial, Santiago i Junio 16 de 1823.- Ramon Freire . —Mariano de Egaña. —Al Senado Conservador.


Núm. 332


Oficios que se han recibido del senado conservador

Abril 6 de 1823. —Sobre aprobacion de los artículos adicionales números 1, 2 i 3 de los tratados entre Chile i el Perú.

Abril 16 de id. —Noticia el nombramiento de Presidente, Vice Presidente i secretario.

Abril 16 de id. —Sobre los auxilios que deben remitirse al Perú.

Abril 16 de id. —Manifiesta la necesidad de tener en su archivo todos los libros i prospectos del Senado antecedente, los de la Convencion, los de la Corte de Representantes i los de la Asamblea Provincial.

Abril 21 de id. —Avisa la creacion del Tribunal de Residencia i los individuos nombrados para que lo compongan.

Abril 21 de id. —Sobre los casos en que es responsable el jeneral O'Higgins.