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SENADO CONSERVADOR

da, seria solo declarando que, en lo sucesivo, no se confiriese a persona alguna la condecoracion de la Lejion. En todas circunstancias, puede asegurarse que nada seria tan repugnante i tan ruboroso al Director Supremo de Chile, que escribir al Emperador de Méjico, al Libertador de Colombia, al Almirante de la escuadra brasiliense i a otros ilustres personajes de Europa i América, retirando sus diplomas, i anunciándoles que queda abolida, como contraria a las instituciones nacionales i aun como vergonzosa, la condecoracion con que Chile acababa de manifestar el alto aprecio que hacia de sus servicios por la causa de América.

Con este motivo el Director Supremo reitera al Senado Conservador los sentimientos de su alto aprecio. —Palacio Directorial, Santiago, Junio 5 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña. —Al Senado Conservador.


Núm. 286

Excmo. Señor:

Tengo el honor de acompañar a V. E. los documentos procedentes de los Ministros de aduana i tesoreria de Coquimbo, en que consultan sobre el mejor réjimen i manejo de sus ramos, en que V. E. acordará como crea conveniente en tan interesante materia.

Dios guarde a V. E. muchos años. Palacio Directorial en Santiago, 6 de Junio de 1823. Ramon Freire. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Excmo. Senado Conservador.



Núm. 287[1]

Excmo. Señor:

En contestacion a la honorable nota de V. E., de 1.º del corriente, acerca de los matrimonios de los españoles abjurados i de los prisioneros de guerra, el Consejo opina que, por las circunstancias actuales i para el canje de nuestros prisioneros, ahora es tiempo de que la lei senatoria se observe con mas vigor e interes, i aun fuera necesario adoptar medidas mas fuertes de seguridad. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Marzo 21 de 1823. —Manuel de Salas. —Doctor Camilo Henríquez. —Excma. Junta Gubernativa.


Santiago, Marzo 22 de 1823. —Conformado. Comuniqúese al Gobierno-Intendencia. —Eyzaguirre.


Núm. 288

Son frecuentes las solicitudes de los prisioneros de guerra españoles, que han abjurado las banderas de la España, impetrando licencia para contraer matrimonio. El Director desea que el Senado Conservador tome en consideracion este grave negocio, para ver si podrá tener alguna modificacion el artículo 3.º del reglamento dictado en 8 de Octubre de 819, que prohibe semejante permiso a los españoles que no tengan carta de ciudadanía revisada por el Senado i despachada segun la prevencion del Monitor número 5. —El Director reitera al Senado Conserdor las protestas de su mas alto aprecio i consideracion. —Santiago, Junio 4 de 1823. —Ramon Freire. —Santiago Fernández. —Al Senado Conservador de la República.



Núm. 289[2]

Tengo el honor de elevar a US. el espediente iniciado por Jerónimo López, español europeo, que, segun la papeleta del señor ex-Ministro de la Guerra, se pasó a nuestras banderas; porque en este Gobierno se ajitan varias jestiones de igual clase, i para resolverlas, se mira en oposicion el mérito que contrajeron en buscarnos, desertando de las del Rei de España, i la lei senatoria que prohibe a todo español europeo casarse en Chile, sin haber obtenido carta de ciudadanía. La resolucion de la Excma. Junta, que espero por el conducto de US., nivelará mis providencias. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago i Marzo 8 de 1823. —Francisco de la Lastra. —Señor Ministro de la Guerra.-


Santiago, Marzo 10 de 1823. —Consúltese al Consejo sobre el particular. —(Hai una rúbrica.)


Núm. 290[3]

Jerónimo López, soldado europeo de los pasados a nuestras banderas, tiene permiso de S. E. el Supremo Director, para pasar a la hacienda de don Francisco Tagle a trabajar para su subsistencia. Sírvale de resguardo. —Santiago, Mayo 5 de 1819. —Zenteno.



  1. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Correspondencia del Congreso Nacional, 1818 a 35, tomo 80, pájina 89, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Correspondencia del Congreso Nacional, 1818 a 35, tomo 80, pájina 90, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)
  3. Este documenro ha sido trascrito del volúmen titulado Correspondencia del Congrego Nacional, 1818 a 35, tomo 80, pájina 91, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)