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SESION DE 22 DE DICIEMBRE DE 1823
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CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 98, ESTRAORDINARIA, EN 22 DE DICIEMBRE DE 1823
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta precedente. —Segunda lectura de los títulos XI i XII, i primera de XIII del proyecto de Constitución. —Aprobación de los artículos 74 a 91 del mismo. —Aprobación del proyecto de señor Vial Santelices sobre aplicación de 300,000 pesos del empréstito a estancos. —Nombramiento de suplentes de los vocales del Supremo Poder Judiciario. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un informe de la Comision de Justicia sobre la autoridad a quien corresponde proponer las personas que han de suplir a ciertos funcionarios judiciales. La Comision opina que se deben rever las causas juzgadas por abogados que el Ejecutivo haya nombrado. (Anexo núm. 981. V. sesiones ordinarias del 9 i del 12.)
  2. De un proyecto de lei presentado por el señor Irarrázaval, que dispone que el partido de Combarbalá estará sujeto a la jurisdicción de la villa de Illapel. (Anexo número 982.)


ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Dejar para tercera lectura los títulos XI i XII, i para segunda el XIII del proyecto de Constitución del Estado. (V. sesiones ordinarias del 20 i del 22.)
  2. Aprobar en la forma que consta en el acta los artículos 74, 75,76, 77, 78, 79, 80,81,82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 i 91 del proyecto de Constitución. (V. sesiones ordinarias del 20 i del 22.)
  3. Aprobar el proyecto del señor Vial Santelices sobre aplicación al estanco del tabaco i otras especies de 300,000 pesos del empréstito, con cargo de que en todas las ocurrencias de este negocio entienda el Poder Lejislativo, i que se pidan propuestas públicas en Santiago i Valparaíso i se dé cuenta. ( V. sesiones del 22 de Mayo de 1821, del 9 de Diciembre de 1822, estraordinaria del 15 de Diciembre de 1823 i del 10 de Enero de 1824.)
  4. Dejar para otra sesión la resolución de la consulta del Gobierno, sobre a quién corresponde nombrar los suplentes de los vocales del Supremo Poder Judiciario. ( V.