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SESION DE 16 DE DICIEMBRE DE 1829

ACTA

Se abrió a la hora acostumbrada.

Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el Señor Presidente.

Leyóse una representacion del señor Trujillo, en que, por tercera vez, pide permiso para ir a Valparaíso, con el mismo objeto indicado en sus anteriores representaciones. Se tomó en consideracion i se le negó por mayoria la licencia solicitada.

El señor Arce presentó un proyecto de Constitucion, como miembro de la comision encargada últimamente por el Soberano Congreso para este efecto, pidiendo se le tuviese presente en la discusion del que se habia sujetado a la del Congreso.

Entró a primera discusion el proyecto de Constitucion. Leyéronse el título primero, que habla de la Nacion Chilena i de los chilenos; el segundo, de los ciudadanos activos, i el tercero, del Poder Ejecutivo. Se hicieron observaciones sobre ellos, i anunciándose los mismos títulos para la sesion siguiente, levantóse la presente. —Fernando Errázuriz. —Dr. Gabriel Ocampo, secretario.


ANEXOS

Núm. 949

Soberano Señor:

Cuando el Director Supremo entró a administrar el Gobierno del Estado encontró al Reverendo doctor don José Santiago Rodríguez restituido al libre uso i ejercicio del ministerio episcopal en la diósesis de Santiago, por un decreto del Directorio anterior, despues de haber sufrido un destierro de mas de cuatro años fuera del territorio del Estado, privado de la dotacion de su destino i aun confiscados sus muebles. Aunque para estas penas no se hubiese formado causa al Reverendo Obispo, pero ellas, en los primeros momentos de la reconquista del país, tuvieron por motivo el concepto notorio de la adhesion del Reverendo Obispo al sistema real, concepto que despues reformó sin duda el Gobierno anterior, persuadido acaso de que es un interes de todo Estado no perpetuar ni fomentar la diverjencia de opiniones i que los hombres varian de dictámen sobre sucesos políticos cuando la esperiencia, la razon i aun su propia conveniencia les convence; i en efecto, el Reverendo Obispo dió testimonio de su variacion de opinion en diversos oficios de que algunos corren impresos.

Al examinar el Director, en su ingreso al Gobierno, la conducta i circunstancias de todos los funcionarios, fijó especialmente su consideracion sobre este prelado, a quien hacian respetable su probidad, su sabiduría, su ancianidad, sus desgracias i su calidad de chileno; conoció el influjo que tenia en el clero del Estado i el afecto que le profesaba jeneralmente el pueblo i creyó harto conveniente aprovechar para bien de la Patria estas ventajas personales, interesando al Reverendo Obispo en la libertad i gloria del país. A este fin sostuvo las anteriores providencias i el Obispo en el tiempo de la administracion actual ha correspondido a las intenciones del Director por actos públicos que la nacion ha presenciado i que, en un prelado de pundonor i dignidad, parecian ser el principio de otros siguientes que el Gobierno se prometía en cumplimiento de su plan i deseos.

La esposicion que el Soberano Congreso incluye, contiene hechos que se publicaron como positivos en la primera época de la revolucion i en tiempo de la dominacion real; i por eso es que, por el concepto que ellos produjeron, recayeron las penas arriba indicadas. Despues de la victoria de Chacabuco i aun de la restitucion del Reverendo Obispo, nada ha ocurrido contra la conducta de este prelado, porque aunque se representa que restituye a curas anti-patriotas i escribió a Roma contrariando la mision de don José Ignacio Cienfuegos; acerca de lo primero, él debe préviamente dar cuenta al Gobierno de los que piensa nombrar para curas, i aunque uno de los quejosos actualmente por no haber sido restituido al ejercicio parroquial es el individuo que se decía autor de la farsa del entierro de la Patria, a pesar de haber sido indultado por el Gobierno anterior i suspendido su destierro; i acerca de lo segundo, el Enviado Cienfuegos, en su última comunicacion, anuncia que no es el Reverendo Obispo el autor de los informes contrarios de que habia dado cuenta. En lo espuesto, el Director Supremo tiene por objeto manifestar al Soberano Congreso que no ha creido que el Reverendo Obispo perjudique a la salud del Estado; pero si la Representacion Nacional juzga lo contrario i si el soberano decreto de 1.º del corriente indica que el Congreso se halla en esta persuacion, el Director Supremo desea que se le esprese terminantemente para tomar las providencias oportunas i evitar cualquiera responsabilidad.

Con este motivo, el Director Supremo ofrece al Soberano Congreso sus protestas de alta consideracion i respeto. —Palacio Directorial, Santiago, Diciembre 12 de 1823. —Ramon Freire . —Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


Núm. 950

Soberano Congreso:

Cuando en medio de los mas ardientes deseos que me han ocupado siempre para servir a la