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CONGRESO CONSTITUYENTE

tal, para que procediesen a la eleccion de diputados interinos que representasen aquellos pueblos hasta la llegada de los propietarios. Se convocaron efectivamente por bando especial para el dia 4 a la sala de la Intendencia, i hoi avisa el antedicho Gobernador no haber concurrido persona alguna, sin embargo de haber esperado todo el dia.

Lo pongo en noticia del Soberano Congreso para su conocimiento, renovándole las protestas de mi alta consideracion i respeto.- Palacio Directorial, Santiago, Diciembre 5 de 1823. —Ramon Freire . —Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


Núm. 886

Señor Ministro:

Noticiado por US. de la eleccion que S. E. , el Supremo Director, se ha dignado hacer de mí para Enviado de este Gobierno cerca del de Buenos Aires, mi primer deber es manifestar a S. E. S. mi profundo reconocimiento por su alta dignacion, i tributar tambien a US. las debidas gracias, por lo que supongo debe haber influido en mi favor. Pero, por honroso que me sea este encargo, tengo, no obstante, el sentimiento de verme obligado a escusarme de su admision, no creyendo suficiente para la decorosa mantencion de un Representante de Chile, el sueldo anual de tres mil pesos, que me participó US. igualmente habérseme solo asignado para este objeto.

Aunque el anterior Enviado en Buenos Aires fué nombrado con solo esta asignacion, pero siempre seria indispensable que se le hiciesen algunos abonos particulares por el anterior Gobierno, el que se hallaba tan persuadido de lo insuficiente de su sueldo que, en Octubre del año proximo pasado, se le aumentó a seis mil pesos, de acuerdo con la Convencion, que fué el mismo que me señaló a mí para que pasase de Enviado a Colombia, i que me confirmó la Junta Gubernativa, cuando me nombró con la misma comision para Lima.

Es verdad que un vecino particular en Buenos Aires podrá tener con tres mil pesos anuales lo bastante para portarse con decencia; pero US. en los varios debates que, con tanto interes ha sostenido en el Soberano Congreso para conseguir el aumento de sueldo al Enviado al Perú, ha manifestado con suma intelijencia la diversa posicion de un Enviado que tiene que transportarse a establecerse en un país estranjero, i los distintos e inevitables gastos que se le ocurren, ya como un hombre nuevo, ya para evitar el ridículo, o, en fin, para poder alternar con la primera sociedad del país a donde va, i ponerse al nivel de las costumbres i conveniencias recibidas. En dichas discusiones, se citó tambien en el Soberano Congreso el ejemplo de todos los gobiernos del mundo sobre el particular, i la necesidad i conveniencia de que sus Representantes tuviesen siempre una comportacion lucida i decorosa, manifestándose todas las diversas graduaciones que hai desde la oscuridad, la estrechez i la miseria que deben evitarse, hasta la modestia, sencillez i decencia que nos conviene, i que dista otro tanto de la vanidad i fausto de los grandes poderes. Podria tambien haberse hecho presente el ejemplo de los Estados Unidos de Norte-América, cuyo Congreso el año pasado cuando ha acordado que viniesen Ministros suyos cerca de nuestros gobiernos, les ha decretado al mismo tiempo dieziocho mil pesos de sueldo anual. El Gobierno de la sola provincia de Buenos Aires que en meses pasados ha nombrado de un golpe cinco o seis Ministros: uno para Rio Janeiro, otro cerca de este Gobierno i el del Perú, i los demas para las miserables provincias de la antigua Union, les ha decretado ocho mil pesos anuales a cada uno, i dos mil para un secretario, i seguramente que aquel Gobierno no puede tachársele de disipado ni de ignorar todas las conveniencias de una buena administracion, ni tampoco debe suponérsele mui sobrado de fondos ni falto de otras mui graves atenciones.

Mi opinion constante sobre este particular la he repetido a US. siempre, que es ménos malo se prive nuestro Gobierno de mandar ajentes al esterior, que el que los mande faltos de todos los medios convenientes para su decorosa subsistencia, porque de este modo se hace ridículo el país, el Gobierno i el Ministro representante. Todas estas razones, conocerá US., que tienen mucha mas fuerza, cuando se trata de un nombramiento hecho en mi persona, que carezco absolutamente de fondos i fortuna propia, i que no puedo contar con mas recursos, que los que me pueda proporcionar el sueldo que se me asigne.

Concluyo repitiendo a US. mi dimision de la Legacion a Buenos Aires, por los motivos espuestos, i asegurándole de mi mayor consideracion i aprecio. —Santiago, Noviembre 25 de 1823. —Joaquín Campino. —Señor Ministro de Estado i Relaciones Esteriores.


Núm. 887

En sesion de hoi, puse en consideracion de la Sala el oficio del Supremo Director, dirijido por conducto de US., en que avisa que, a pesar de haber sido citados por bandos los vecinos de Coelemu i los Ánjeles para el nombramiento de diputados interinos de 4 del presente, no habia concurrido ninguno, segun el aviso del Gobernador-Intendente i ha resuelto vuelva a citarse por bando i por carteles públicos a los naturales, vecinos, funcionarios i propietarios para que practiquen la eleccion acordada, entendiéndose por esta sola vez i sin ejemplar.

Lo comunico a US. para su cumplimiento,