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SESION DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1823

der el permiso necesario para poder verificar su curacion, bajo la protesta que, restaurada su salud, podrá asistir asiduamente a las sesiones del Soberano Congreso, pudiéndose citar en el entretanto al otro suplente por Coquimbo. —Francisco Javier de Urmeneta.


Núm. 789


Don Juan Miguel
Licenciado en Medicina i Cirujia, con títulos aprobados por el Protomedicato de esta capital, etc.

Certifico: haber asistido a don Francisco Javier de Urmeneta de una desintería biliosa que en estos últimos dias ha sufrido, emanada probablemente de las alteraciones atmosféricas, i favorecida por el temperamento del sujeto, el que sin embargo de haberse aliviado del primitivo mal, ha quedado padeciendo de unas fuertes cefalaljias nocturnas i considerable dispepsia; por lo que me ha parecido i le tengo indicado que su total restablecimiento podrá verificarse mejor, que con los medicamentos mas aparentes, con usar los baños de agua corriente; que la esperiencia propia le ha indicado los beneficios, i un aire de campo por un mes o mas, segun el resultado; obviando con estos pequeños auxilios, males mas injentes que pudieran acaecer no socorridos los actuales. I para los fines que convenga, doi el presente, a peticion del interesado, en Santiago de Chile a veinticuatro de Noviembre de mil ochocientos veintitres. —Juan Miquel.


Núm. 790

Nuestro Plenipotenciario, cerca de las Córtes de Europa, estipuló con Mr. Boulanger, capitan de la corbeta Voltaire, satisfacerle ciertas cantidades por sueldos devengados, gastos en el viaje i vuelta a Francia de varios empleados en el buque; éstas ascendieron a 7,604 pesos 3 reales, i por decreto de 16 de Setiembre de este año, se mandaron pagar por Tesoreria Jeneral.

El Gobierno tiene a bien noticiarlo a la honorable Comision, para que esté en el conocimiento que debe reintegrarse al Fisco de esta cantidad que se ha suplido al empréstito i que aumenta el valor de dicha corbeta a que deberá cargarse. —Santiago, Noviembre 22 de 1823. —A la Comision Especial de Hacienda del Soberano Congreso Nacional.


Núm. 791


Discurso con el que el señor diputadoTrujillo acompaña la mocion que consta en el cuerpo del acta

La provincia de Concepcion que ha llevado siempre la vanguardia en la guerra por la libertad; esa provincia amaestrada en los sacrificios, i que tanto ha deseado i procurado la reunion de este Congreso, no tiene en él todavía toda la representacion que se le asignó por el acta orgánica de los Plenipotenciarios i por la convocatoria. Esta falta se hace mas sensible cuando el Congreso se prepara a discutir i sancionar la Constitucion fundamental que debe rejirnos. De los diezinueve diputados (contando con Valdivia i Osorno que son parte de aquella provincia) solo tenemos trece, i sin la concurrencia de los que faltan se aventura el acierto i, aun mas, la lejitimidad. Yo respeto las luces de la Comision que ha formado el proyecto i las que tiene la Sala para discutirlo. ¡Ojalá se reuniesen las de todos i cada uno de los ciudadanos! El acierto es tan difícil, que para lograrlo en su Constitucion, mandaron las Cortes Constituyentes de Cádiz, en 28 de Agosto de 1811, se hiciesen rogativas públicas en todas las iglesias. Esperemos, pues, a que lleguen los demas diputados, si no para que salga mas perfecto el pacto social, al ménos para que no se resienta de nulidad.

Si lo que toca a todos debe por todos aprobarse; si aun los beneficios no se dan contra la voluntad del que ha de recibirlos; si en sentir del pensador Rousseau, el pacto social es el acto mas voluntario de todos i a ninguno obliga sin su anuencia; si es una de sus máximas i conforme a toda asociacion, que cualquiera lei que el pueblo no ratifica en persona es nula, porque no es lei; si un publicista filósofo (Diderot) llegó a deducir de los elementos del pacto social, que si los animales pudieran votar en una asamblea jeneral, deberian ser convocados, ¿cómo podrá negarse a la provincia de Concepcion el que en este Congreso Constituyente, i para el acto en que va a desprenderse de una parte de su soberanía; en que su libertad natural va a modificarse por otra convencional, tenga todos sus representantes, ya que todos i cada uno de sus moradores no pueden concurrir?

Los Estados Unidos de Norte América, que en todo pueden servirnos de modelo, fueron tan circunspectos en un caso igual, i obraron tan conformes a los principios del órden social, que, segun refiere Tomas Paine mandaron publicar su Constitucion, no como auto definitivo, sino para que todo el pueblo, despues de haberla considerado, la aprobase o desechase, i hasta que no se hizo notorio que la opinion jeneral era favorable, no se firmó, selló i promulgó. En el pro