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CONGRESO CONSTITUYENTE

riores, se asignan para costear dichos edificios los arrendamientos íntegros i esclusivamente de los potreros de San José, que serán inaplicables a otro objeto, miéntras no se cubran los créditos o empeños que contrajere esta obra; con las mismas calidades se aplican a ella los otros propios de ciudad, que no sean absolutamente necesarios; sobre cuyo interesante asunto se encarga a la Comision de Abastos forme un plan de ahorros i lo presente al Congreso para su aprobacion. —Santiago i Octubre 22 de 1823.- Joaquín Larrain. —Fernando Errázuriz. —José Antonio Ovalle. —Como individuo de la Comision a que no me han dejado asistir mis enfermedades, Agustín de Vial.


Secretaria del Congreso, Noviembre 18. —A la Comision de Policía para que lo despache con preferencia. —(Hai una rúbrica.)— Doctor Ocampo.


Núm. 744

Soberano Congreso:

Es efectivo que los ordenanzas que del Cuerpo de Inválidos están destinados a las Secretarías del Supremo Gobierno, Aduana i Correos, les está asignada la gratificacion de veinte reales mensuales, sobre el sueldo que disfrutan por su clase, por vía del servicio estraordinario i penoso que prestan, i cuya asignacion prescriben en las listas de sueldos de las citadas Secretarías. Es cuanto tienen que decir los Ministros en cumplimiento del soberano decreto que antecede. —Tesoreria Jeneral de Santiago, 14 de Noviembre de 1823. —José Ramón de Vargas i Verbal. —El tesorero no firma por indisposicion.


Núm. 745

Tomado en consideracion el espediente sobre el plan de un hospital militar, que elevó US. al conocimiento del Soberano Congreso, ha resuelto que, no señalándose motivo que obligue a variar la aprobacion dada por el Senado sobre este particular, obre en virtud de ella el Gobierno, pero que si lo hubiese, pida su allanamiento por mocion especial. Lo que comunico a US. para su intelijencia, incluyéndole el espediente i plan i reiterándole mi consideracion. —Secretaria del Congreso, Noviembre 22 de 1823. —Al señor Ministro de Hacienda.


Núm. 746

Paso a manos de la Comision Especial de Ha cienda del Soberano Congreso, la representacion que, por el conducto del Gobernador de Valparaíso, hacen los tres oficiales de secretaria de aquel Gobierno, con el objeto de que en atencion a sus tareas, se les haga aumento de sueldo sobre el que hoi gozan. —Noviembre, 15 de 1823. —A la Comision de Hacienda del Congreso.