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CONGRESO CONSTITUYENTE

la mocion del señor Salas , i se leyeron los dictámenes de la Ccmision de Gobierno sobre ámbos. Al anunciarse éstos a discusion, el señor Arce dijo, que se preguntase si se admitian o nó a ella. El señor J. Bernardo Cáceres pidió se cítase en el acto a los señores Larrain i Pineda, por ser miembros de la Comision informante, añadiendo que sin oir a estos señores no podrá prestar su sufrajío. Se tomó en consideracion, i se resolvió no se citasen por no deberse resolver aquéllos en una sola sesion.

Para que se votase sobre la indicacion del señor Arce se preguntó si algun señor diputado se adheria a ella o nó, i fué desestimada unánimemente

El mismo señor pidió que, cuando se presentasen proyectos que tuviesen diversos artículos, se diese una copia de ellos a cada diputado para su instruccion.

El señor Presidente dijo que podia ocurrir a la Secretaría por la copia que necesitase.

El señor Vial del Rio pidió que la Comision Económica se reuniese a la especial de Hacienda, para que, discutiendo privadamente sus respectivos informes i proyectos sobre el destino del empréstito, acordasen lo mas conveniente.

Se acordó que asistan a la Sala a una discusion particular, el dia catorce del presente, los señores que componen la Comision especial de Hacienda i la Económica nombrada por el Gobierno, para ilustrar sobre el objeto de sus respectivos informes, i quedó aprobado.

Entró a segunda discusion el reglamento de abastos; se hicieron varias observaciones sobre él i el señor Presidente dijo, que se podrian cortar todos los males que se sentía por la carestía de víveres, ofreciéndose públicamente mil quinientos pesos de habilitacion al ciudadano que prometiese vender la carne o pan al menor precio; que, al que contratase verificarlo, se le precisase a vender en el mercado público, i que con esto se conseguiria que los demas abastecedores se pondrian al nivel de éste para poder espender sus productos. Se tomó todo en consideracion i se reservó este negocio para la sesion siguiente.

En este estado, se levantó la sesion, anunciándose para la próxima los tratados con el Perú, el reglamento de abastos i solicitudes particulares.- Fernando Errázuriz. —Dr. Gabriel Ocampo, secretario.


ANEXOS

Núm. 702

(Reservado)

Soberano Señor:

Don Juan de Salazar, autorizado como Ministro Plenipotenciario cerca del Gobierno ele Chile por el Gobierno que existe en Lima, ha dirijido al Ministerio de Relaciones Esteriores la nota cuya copia acompaña a este oficio.

La solicitud que promueve este Enviado no puede espedirse sin previa anuencia de la autoridad lejislativa, i por eso es que el Director Supremo tiene a bien elevarla al conocimiento del Soberano Congreso.

El Gobierno conoce cuán difícil i aun cuán peligroso seria acceder a la solicitud de este Enviado. El Estado de Chile ha hecho cuánto en obsequio del Perú pedian la amistad, la alianza i los intereses del país i de la América. No cree el Director que se halle en aptitud de otorgar mas i estima conveniente anticipar sus sentimientos, para que, instruido de ellos, el Soberano Congreso determine lo mas conveniente.

Entretanto, el Director reitera a la representacion Nacional sus sentimientos de adhesion i respeto. —Palacio Directorial, Santiago, 10 de Noviembre de 1823. —Ramon Freire . —Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


Núm. 703

Legacion Peruana

Señor Ministro:

La grande empresa de libertar al Perú, a que se ha comprometido S. E., el Libertador de Colombia, en circunstancias que la guerra ha devorado todos los recursos que demanda su sosten para concluirla, han obligado a mi Gobierno a autorizarme cerca de éste para solicitar un empréstito de dos millones de pesos, hipotecando, para la garantía del pago, todas las rentas i propiedades de mi República i ofreciendo satisfacerlos con preferencia de los que hemos negociado en Lóndres, segun noticias fidedignas recibidas últimamente en esta capital. Mi Gobierno juzga necesario este auxilio para terminar la guerra i consolidar la libertad del Perú, en que estriba la seguridad de todo el continente. Así confia que el de Chile, en quien la indecision i ambigüedad política no han prevalecido hasta ahora contra la unidad de intereses con los demas Estados, se prestará a este servicio tan pronto como requieren las operaciones militares i el inminente peligro que corre la salvacion del Perú, si por una inesperada desgracia se le retarda o niega este interesante socorro.

Dígnese US. poner esta comunicacion en el superior conocimiento de S. E., el Supremo Director, i admitir los sentimientos del aprecio que me merece. —Santiago, 4 de Noviembre de 1823. —Juan Salazar. —Señor don Mariano Egaña, Ministro de Relaciones Esteriores.

Es copia. —Egaña.