Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/305

Esta página ha sido validada
308
CONGRESO CONSTITUYENTE

  1. Que su estension E. O. nueve leguas i N. S. dieziocho, comprendiendo ámbas riberas del Maule, una legua al N. —Santiago, Octubre 10 de 1823. —Pedro Arce. —(Hai una rúbrica.)

Núm. 510[1]

Las escaseces que por un lado oprimen calamitosamente nuestro Estado, i el desmedido lujo que nos han introducido los estranjeros, han perdido el nivel que los políticos creen necesario en el lujo útil a los Estados (si lo hai); i entre las medidas económicas para subvenir a estos males, se presentan las siguientes:

Artículo primero. Siendo el lujo desmedido insoportable a los Estados i debiéndose tolerar solo el que traiga algunas útiles resultancias, i observando que el luto por los difuntos solo es un gasto supérfluo e inútil i gravoso a las familias, se manda que en lo sucesivo no se cargue luto por persona alguna, so pena de mil pesos de multa a la persona que lo traiga, aplicados a obras de misericordia.

ART 2.º Habiéndose hecho ramo de lujo consumir pólvora en funciones, festividades de santos i otros casos en que se gasta estérilmente el dinero, sin mas provecho que atolondrar los oídos, se manda que en lo sucesivo solo se emplee la pólvora en la guerra i en las minas, i de ningún modo en salvas ni festividades que se aplaudirán con repiques, pendones, iluminaciones u otras decoraciones que no aniquilen un útil tan necesario para la guerra i las minas, como la pólvora.


Núm. 511

Soberano Señor:

Los ciudadanos Domingo Olalquiaga i José Calixto González, amanuenses da esta secretaría, prévio el permiso del señor secretario, a Vuestra Soberanía, respetuosamente, hacemos presente: Que los Ministros de la Tesoro Público entienden debe descontársenos ocho pesos del sueldo de veinticinco que gozamos, por estar en práctica hacer dicho descuento a todos los oficiales propietarios para despachar el correspondientete título.

Nosotros, Soberano Señor, no somos oficiales sino meros amanuenses o auxiliares, i por lo mismo no debe comprendérsenos en el descuento. Por tanto, A Vuestra Soberanía suplicamos se sirva así declararlo.

Es justicia, etc. Domingo Olalquiaga. —José Calixto González.


Núm. 512

Aunque mi principal destino se absorbe todas las horas de la mañana i noche, sacrificaré gustoso las que debia dedicar al desahogo natural, para satisfacer en cuanto esté a mis alcances los fines que se ha propuesto el señor Presidente del Soberano Congreso, al nombrarme individuo de la Comision de Hacienda, nuevamente creada, con el objeto que indica la nota de ayer, en que se sirve Ud. comunicarme aquella resolucion.

Ofrezco a Ud. mis respetos con la mayor consideracion. —Santiago, Octubre 10 de 1823. —Ildefonso Redondo. —Señor doctor don Gabriel Ocampo, Secretario del Soberano Congreso.


Núm. 513

El Soberano Congreso ha resuelto, en sesion de ayer, se repita a US. la órden de 16 de Setiembre último, número 66, que es como sigue:

"El Soberano Congreso, deseoso de evitarlos grandes males que se esperimentan de resulta de la libertad con que se cree el vulgo para cargar armas, ha resuelto se oficie a US., a fin de que celosamente haga ejecutar las leyes que prohiben i penan el cargar cuchillo u otra arma corta."

Asimismo, que se recojan las ai mas que sean de la propiedad del Estado que tengan los particulares, i que todo se ejecute a la mayor brevedad posible, por no haber tenido cumplimiento la anterior.

Lo que comunico a US., ofreciéndole mis consideraciones i respetos. —Secretaria del Congreso, Santiago, Octubre 11 de 1823. —Al señor Ministro de Gobierno.


Núm. 514

En sesion del 10 del corriente, visto el espediente sobre establecimiento de una fábrica de ladrillos en Valdivia i el informe de la Comision Hacienda, el Soberano Congreso ha aprobado la minuta de decreto de la misma, añadiendo se habilite a dos operarios que se deben remitir a aquella ciudad, con los pequeños instrumentos de su oficio como galápagos, etc., devolviéndose a US. el espediente para los fines consiguientes.

Lo que verifico, ofreciéndole a US. los sentimientos de mi aprecio. —Secretaria del Congreso, Santiago, Octubre 14 de 1823. —Al señor Ministro de Hacienda.


  1. (1) Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Varios, tomo III, pájina 61 del archivo del Ministerio del Interior, (Nota del Recopilador.)