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MANIFIESTO DE LA JUNTA PROVINCIAL DE CONCEPCION

Los diputados patriotas que procedían de buena fe, piden i proponen que las sesiones se tengan a puerta abierta para que el pueblo concurra i oiga sus deliberaciones, como se practica en todas partes donde hai semejantes asambleas, i como lo hacen las actuales cortes de la Península; mas los diputados de la facción quieren que sus opiniones, sus discusiones, sus resoluciones se oculten al pueblo a quien representan, i que sean la obra del misterio, del secreto i de la reserva, propios de los tiranos, sin advertir que por solo este hecho se hacian gravemente sospechosos a la patria; i así fué que se opusieron fuertemente a su mocion; las puertas quedaron cerradas, i el pueblo escluido de una prerrogativa o de un derecho que le era interesante en sumo grado, i de que nadie lo podía privar, ni habia razón para que se le privase, a ménos de que fuese para encubrir designios depravados que les fuesen perjudiciales.

Las tropas veteranas de la capital, los granaderos, los húsares i la brigada de artillería, fueron formadas para el sosten de nuestra sagrada causa; sus oficiales eran patriotas recomendables por su nacimiento i demás prendas personales, i estas cualidades personales debían hacerlo sospechosos a los que no la tenían. El Congreso, desconfiando de estos cuerpos que habian salvado la patria el 1.º de abril, i que en nada mas se podían interesar que en la defensa i conservación de nuestro actual sistema, pone sobre las armas cuatrocientos hombres del rejimiento de milicias del rei, i los acuartela en el palacio de los señores obispos, a pesar del estado ruinoso en que se hallaba el tesoro público, como qué era un medio de introducir la confusion i el desorden, la disipación de los miserables restos del numerario que se hallaba en cajas. A nadie se ha dado razón de los motivos que obligaron a tomar esta medida inútil, que de mui poco podia aprovecharles, sean los que fueren sus designios, que nadie ha creído rectos, ni favorables a la causa común.

Los diputados de esta provincia i no pocos de la otra, quisieron contener este tren de desórdenes, que tan de cerca amenazaba la ruina de todo el reino, i volvieron a insistir, representar i protestar contra el aumento de los seis diputados, que les daba en la votacion, a que se reducían todos los negocios, una preponderancia decidida. Insistieron también en la institución de la junta o poder ejecutivo, en quien debia recaer el gobierno del reino, porque el Congreso solo era instituido para formar la constitución i la lei, i no para otra cosa; ni era posible sufrir por mas tiempo la coalicion de los tres poderes que habia retenido, i que parecía determinado a conservar. Nuestros diputados, con los de Valparaíso, San Fernando, Quillota, Aconcagua, Copiapó i Coquimbo, sostenían que el gobierno o poder ejecutivo que se nombrase, debia ser representativo, i componerse de los vocales que elijiesen las provincias, así como el Congreso o poder lejislativo es representativo, i se compone de los diputados que han nombrado las mismas; que, por consiguiente, la provincia de Concepción debía nombrar un vocal, uno la de Santiago i otro la de Coquimbo; o si eran cinco, dividirse en cinco partes el reino i cada una nombrar el suyo. Nada era mas justo ni mas conforme a los principios de equidad i de política, i a la naturaleza i esencia de nuestro actual gobierno; pero los diputados de la facción i parcialidad se negaron absolutamente, i decían que el Congreso debia nombrar todos los vocales; porque, asegurados con el mayor número de votos, también lo estaban en que el nombramiento lo harían recaer en sujetos que pensasen i obrasen a la medida de sus designios.

Los trece diputados volvieron a protestar sobre los puntos indicados, i no pudiendo conseguir que se les diese satisfacción, se retiraron del Congreso, hasta informar a los partidos a quienes representaban i saber qué era su voluntad. En este número no entraron los diputados de esta ciudad i el del partido de Cauquenes, porque adherían en un todo a la facción preponderante, aunque injusta, sospechosa i obnoxia (culpable) a la justa causa.

Aunque retirados los trece diputados, no estaba representada en el Congreso ni la mitad del reino, o por mejor decir, ni la mitad de sus provincias; los que quedaron procedieron el dia siguiente a nombrar el poder ejecutivo, bien que por consecuencia necesaria del egoísmo imperdonable de que habian dado tantas pruebas, lo despojaron arbitrariamente de las funciones i facultades que le eran propias i naturales, i se las reservaron para sí, con especialidad en la parte que tocaba a la provisión de empleos, que era el gran negocio de todas sus atenciones, en vez de ceñirse al grande objeto de su misión, que era mui diverso.

Ni pararon en esto sus tropelías: quieren despedazar la conducta i buena opinion de los 13 diputados, quieren libertarse de unos ciudadanos i patriotas recomendables, o de unos testigos que les eran molestos, i que les iban a la mano en sus diarios excesos, i espiden un papel, a manera de proclama o manifiesto, en que, aglomerando calumnias i hechos falsos, hieren el carácter i procedimientos laudables de aquellos dignos patriotas, i excitan o mandan a los pueblos que elijan otros en su lugar, procediendo a su deposición sin causa, proceso ni audiencia. Nada les interesa ni perturba la pérdida de unos hombres que servían de ornamento a su cuerpo, ni el que no tuviesen como suplir los conocimientos literarios de muchos de aquellos, tan necesarios para la grande empresa en que se hallaban empeñados; querían caminar directamente a su fin, i no les detenia la desgracia de quedarse a oscuras i sin las luces i talentos que solo podían salvar la patria.

Los dignos habitantes de las provincias de