INSTRUCCIONES DEL CABILDO DE SANTIAGO A LOS DIPUTADOS DE LA
CAPITAL, EN 23 DE JULIO DE 1811
La unión íntima entre el vasallo i su constitución; la estrechez de sus relaciones, i una deferencia absoluta en las meditaciones i determinaciones, es la base principal en que debe fundarse todo gobierno i la única capaz de hacerlo consistir i permanecer. La menor desconfianza entre ambas representaciones, es una lima que, royendo continuamente los lazos de su correspondencia, nace al fin aquel rompimiento fatal e inevitable que desploma el sistema político.
Si establecido un gobierno, debe estudiarse el contento jeneral i conformidad de ideas ¿cuánto mas mientras los pueblos están reunidos sincopadamente en un ▼Congreso para determinarlo? Cada ciudadano entonces se considera un comitente de la diputación de su provincia i con voz lejítima para influir por su órgano.
El ▼cabildo conoce i defiere en la legalidad i pureza de las intenciones de la asamblea de Chile; pero sabe mui bien que nunca faltan resortes a la malicia, para alterar el sentido de la decisión mas acertada i sorprenderá los incautos. Por eso hace a Ud. las advertencias siguientes, a fin de identificar los sentimientos del ▼pueblo, cuya voluntad lejítima nunca es lícito contradecir.
1.ª Ha llegado a noticia del ayuntamiento que los secretarios elejidos renunciaron su empleo; i el ▼cabildo interesa a Ud. para que obre, a fin de que se acceda a su dimisión. Dos clases de hombres componen todas las poblaciones: a los no ilustrados de Chile se hace creer que la promocion de un eclesiástico a destinos políticos, importa una declaratoria de faltar conocimientos o fidelidad en el secularismo, injuria trascendental al reino entero, i cuya noticia traspasará sus límites. El chileno es por carácter leal i relijioso, i estudiándose una moral escrupulosa, no es imposible convencerle que un cura no puede separarse de su feligresía, a no ser que lo exijan circunstancias fortísimas. Chile puede atender a toda su obra dejando a los sacerdotes en el altar. Hace tiempo que rasgó el velo que lo cegaba en los primeros años de su conquista. El ▼cabildo se persuade que el nombramiento de los doctores don José Echáurren i don Diego Elizondo, fué producido de la reputación de sus personas i calidades; pero evítese todo arbitrio de torcer las intenciones i fines de las determinaciones del Congreso. Hoi se proporciona el mejor medio de ocurrir a todo sin menoscabar el honor i respetos que le confiesa el cabildo.
2.ª No se ofrezca premio pecuniario a los delatores de proclamantes contra el sistema actual, o contra los individuos que van a dictar la constitución. Nada alteró a Chile desde la época de su conquista como el arresto i espatriacion a tres ciudadanos inocentes por un denuncio calumniante. El defecto de testigos i la contradicción de atestaciones convenció la falsedad de su sumario ilegal; pero será fácil al delator conseguirlos en mayor número i mas constancias, si se le proporciona fondos para comprarlos. El que se oponga al sistema de la ▼patria sea un reo de estado; pero el delator diríjase por puro patriotismo. Salve así la vileza del hecho, i no exija otra recompensa que el reconocimiento del pueblo. La tiranía inventó comprar denuncios para organizar el despotismo a costa de la libertad o sangre del ciudadano. Solo es admisible una delación virtuosa; i el hombre verdaderamente filósofo, no la vende por ningún precio.
3.ª Abréviese en lo posible el nombramiento de autoridad que despache los deberes del poder ejecutivo i judicial. Los mejores hombres deben