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SENADO DEL AÑO 1812

públicas; acopiar libros para todas las clases de estudios interiores, instrumentos i máquinas; i tantas atenciones relativas a la perfeccion del instituto, que se necesita el auxilio de una persona de actividad, talentos i dignidad.

Por el informe del rector del seminario i otras instituciones que ha tomado la comision, se sabe que de los copiosos ingresos que debian resultar del tanto por ciento de capellanías, i demas proventos eclesiásticos, que señala el concilio, i que debian dar un considerable ingreso a los fondos del seminario, apénas se recojen hoi cien pesos. Tenemos que establecer dos cosas: primera, que la contribucion se haga de todas las rentas que previene el concilio; segunda, que se asegure i haga efectiva la recaudacion. Para el primer objeto basta un decreto bien meditado, i acordado con el apoderado del señor obispo gobernador; para el segundo ocurre a la comision un arbitrio, que hará segura la recaudacion que hasta hoi parece inasequible, i es que publique V.E., en El Monitor una órden en que se prevenga que ningun censuatario o deudor de estos proventos, que están afectos al seminario, pague los réditos o contribuciones, sin que el recibo del acreedor vaya estendido en un boletin que tenga una nota impresa i firmada del rector del instituto, de manera que jamas sea de abono para dichas cuentas otro recibo que el impreso. Este le tomarán, en la capital, los acreedores, graciosamente, de mano del rector, i en las provincias de los administradores de rentas, o comisionados del rector. Cada boletin tendrá su respectivo número. Al acreedor, al tiempo de recibirlo, se le pondrá la cantidad que va a cobrar, i dejará el tanto por ciento que corresponde a dicha cantidad. Si no cobrase, o cobrase ménos, lo devolverá, i se le restituirá o minorará la contribucion que ha dado. A ninguno se le dará boletin, sin que firme la partida del monto que importa, en un libro que llevarán los distribuidores, para evitar fraudes de éstos; a que pueden añadirse las demas circunstancias que se juzguen oportunas para el seguro de esta contribucion.

Todos estos comisionados irán siempre de acuerdo con la comision o tribunal de educacion; en intelijencia que por ahora, si se establece el tribunal, es preciso que se junte indefectiblemente todas las tardes, para evacuar las muchas atenciones que han de rodearle; i si haya V.E. que no será esto asequible, debe continuar la comision como hasta aquí; pero el protector civil se incorporará a ella, porque le falta un individuo.

Del resorte actual de la comision será espedir o pasar a V.E., en proyecto, todas las órdenes que, en consecuencia de la sancion que ahora se dé al plan de educacion i este informe, son consiguientes para verificar los establecimientos, i conducir las cosas a su término; los títulos de los maestros, i en fin, todas las inspecciones que están divididas en los diversos ramos que se han propuesto, i las nuevas que ocurrirán a cada momento. Sin perjuicio de ésto, tiene el rector del Instituto que ocurrir a las inmensas tareas de organizar toda la casa, sus relaciones interiores i públicas; i el senador comisionado que entender en cuatro comisiones mas, gravísimas, que le ha encargado V.E.; pero protestan no desmayar, ni perdonar hora para este sagrado objeto.

Todos los comisionados deben formar una junta, reunidos a la comision jeneral de educacion los lúnes i los viérnes indefectiblemente, aunque sean colendos. En ella tratarán de los progresos que va tomando cada ramo, i de las providencias que se necesitan; en la intelijencia que V.E. no admitirá jamas recursos, representaciones, ni proyectos, que no pasen por el órgano de la comision, para que todo vaya uniforme.

Pero ¿qué dirá la comision a V.E. sobre la enerjía i encarecimiento con que debe excitarse a cada comisionado en los encargos que se le destinan? Hemos propuesto las personas cuyo honor, idoneidad i relevantes circunstancias, nos aseguran que se adelantaran, en los sacrificios, a los mismos deseos de V.E. Sin embargo, señor Excmo., dígnese V.E. comisionar a uno de los señores vocales que todos los viérnes consagre la tarde a presidir esta junta, e imponerse de sus progresos. La obra estan grande, tan necesaria, tan sublime i sagrada, que ninguna dilijencia está por demas; la atencion i esperanzas de todo el estado, se ha convertido hacia este establecimiento; la opinion se halla comprometida en los papeles públicos anunciados con tanta magnificencia. Chile va a ser la espectacion de las naciones que admiren que, en lo mas angustiado de su revolucion, ha formado el establecimiento mas grande de beneficencia pública; i V.E. está ya colocado en un punto de donde no puede apartarse sino cubierto de gloria, con la gratitud i asombro de los pueblos; o de reconvenciones, si no conduce a su término un establecimiento que, teniendo fondos para verificarse, solo necesita de proteccion.

Por lo mismo pedimos a V.E. que la apertura del 1.º de agosto, en que ya se ha dicho al público que se hará con la mayor pompa i solemnidad, se verifique, en efecto, del modo mas augusto i magnífico que sea posible; para lo cual se comisione inmediatamenre un secretario, o persona que forme la órden de todo el ceremonial con que debe verificarse dicha apertura.

Todos los documentos i espedientes adjuntos, i el plan de organizacion de educacion pública i convictorial que se presenta, impondrán a V.E. de lo que ha trabajado la comision sobre el particular, decretando lo que merezca su suprema sancion.

Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, 22 dejulio de 1813. —Excmo. señor. —Juan Egaña. —José Francisco de Echáurren. —Excmo. Supremo gobierno del Estado.