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OFICIO DE LA JUNTA DE COCEPCION
LXXXIX
OFICIO DE LA JUNTA PROVINCIAL DE CONCEPCION AL CONGRESO,
EN 5 DE DICIEMBRE DE 1811


La junta de Concepcion ofrece al Congreso el auxilio de las tropas de esta provincia para defender su autoridad e independencia, i salvar a la capital de la opresion bajo la cual, segun se asegura, está sojuzgada.


Excmo. Señor:

Las noticias que a menudo llegan a esta provincia sobre el estado de las cosas de esa capital, son confusas i melancólicas. Los hombres conocidos por su capacidad i prudencia escriben con timidez i misterio. Nadie dice bien de la situacion de nuestros negocios políticos; i los que tienen, o mas ardor, o ménos miedo, aseguran que el sistema vacila, i nuestra justa causa se halla amenazada de un próximo naufrajio; que el pueblo se halla oprimido i tiranizado; que la fuerza militar ha usurpado la autoridad i el poder, i que el Congreso no puede obrar, ni con libertad ni con independencia, porque no tiene apoyo i las tropas no le están subordinadas.

Sin contar con la verdad de estas relaciones, que se desfiguran mas i mas en las distancias, la junta observa que nuestros comunes enemigos tuvieron la osadía inaudita, que jamas han tenido, de proclamar en la plaza pública la reposicion del antiguo gobierno; i es mui difícil creer que fuesen tan locos o perdidos que se aventurasen a dar este paso insensato sin contar con alguna fuerza que los sostuviese. Por otra parte, la artillería hizo peticiones que no parecen dictadas por una mano amiga, i exijió fórmulas i procedimientos entorpecedores contra las medidas de seguridad i de justicia que habia pedido el pueblo.

Recientemente ha sabido tambien que en los dias 27 i 28 fueron arrestados varios individuos recomendables por su carácter, i mas recomendables por su decidido patriotismo i por los servicios que han hecho a la patria, al pretesto de enormes delitos que la junta no puede creer miéntras que no los vea plenamente justificados.

Aunque sean hijas, o de la ambicion, o del espíritu de la faccion estas ocurrencias desgraciadas, que tanto nos degradan i desacreditan, que hacen odioso el sistema, que fatigan los pueblos i les hacen echar ménos la tranquilidad i seguridad de que ántes gozaban, i que, en fin, les hacen perder la opinion i la confianza del gobierno, manteniéndolos en una mortificante inquietud sobre su futura suerte, no por eso influyen ménos en el destino de todas las provincias i en los progresos o decadencia de la justa causa en que todas se han empeñado.

La junta seria responsable a nuestra querida posteridad si, mostrándose indiferente a tantos desórdenes, no tomase una parte activa en el remedio de los males que aflijen i que amenazan a la patria.

Desea, por consiguiente, saber i que V.E. le diga si se halla en el caso de que sea conveniente o necesario que haga marchar las tropas de la provincia hasta esa capital. Primero, para sacar ese pueblo de la opresion en que se le supone, i restituirlo al pleno goce de la libertad i soberanía que le corresponde; segundo, para sostener i protejer el sistema, si es que se halla en riesgo de sufrir alteraciones que le sean perjudiciales; tercero, para reponer al alto Congreso, representante de todo el reino, en plena posesion de su