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CONGRESO NACIONAL DE 1811

medo, haber determinado que en el espacio de siete meses deben los subdelegados de los partidos terminar sus funciones, i ántes, aquellos cuyo nombramiento expire segun la fecha con que fueron encargados de tales empleos; i se aprobó.

El señor diputado don Francisco Leon de la Barra presentó el orijinal i testimonio de un espediente formado sobre el nombramiento de alcaldes de cuarteles i barrios, es tension de sus facultad es i territorios, solicitando que se pusiesen en práctica las resoluciones tomadas ántes sobre esta materia. Se acordó que, archivándose el testimonio, se remitiese el orijinal a la junta de gobierno para que le sirva de instruccion en el reglamento de policía, cuya formacion se le tiene encargada; recordándole, al mismo tiempo, la conclusion de esta ordenanza, tan útil en todos tiempos i de absoluta necesidad en los actuales.

Para proveer a la indemnizacion del menoscabo que sufrirán los párrocos por la abolicion de los derechos de óleos, casamientos i entierros, i que esto se haga con consideracion a los demas recursos que les quedó para su decente mantencion, se acordó que los ministros de real hacienda den una exacta razon de lo que importaban en un quinquenio las cuartas episcopales, i, al mismo tiempo, de las a signaciones fijas que tienen algunos por sínodos u otras razones.

E igual noticia se pida al contador real de diezmos.

Debiendo tratarse de ocurrir con preferencia a las necesidades mas urjentes, i demandando la buena economía empezar por hacer los ahorros posibles antes de tocar en arbitrios que desagraden a los pueblos; siendo mas conforme a la buena razon i al órden proveer antes a la defensa de las iglesias que a su construccion, se acordó que desde el dia cesen las contribuciones que se hacian para estos altos objetos, reservándose para tiempos ménos angustiosos hacer cuantas erogaciones dicta la piedad i los relijiosos fines a que están consagrados los ramos que los están aplicados; que se avise de esta resolucion a los ministros de la tesorería jeneral i a la junta gubernativa. —Joaquin Larrain. presidente. —Manuel Antonio Recabárren, vice-presidente. —Manuel de Salas, diputado secretario.