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XII
INTRODUCCION

el número correspondiente al 27 de noviembre de 1813, se publica todo el preámbulo i el artículo 13 de la convocacion al nuevo Congreso. Insértanse en seguida estas dos interesantes piezas:

“Ha llegado el dia, tan suspirado del gobierno, como necesario a los pueblos, en que Chile, declarando al universo su condicion i derechos, organice la constitucion política i civil que debe dirijirlo. Los momentos son los mas urjentes i oportunos. La Europa trata de hacer un congreso en que directa o indirectamente se decidirá la suerte de la tierra; se mudará precisamente la condicion de la España; y la América colonial o revolucionada, se verá en la necesidad de tomar una deliberacion decidida. Estos momentos están mui próximos, i cuando lleguen, necesitamos hallarnos constituidos en cuerpos políticos, que, organizados por una lei emanada de la voluntad libre i jeneral nos dé la representacion i dignidad suficiente para hablar i ser oidos de las demas naciones. Es mui probable que los pueblos que aun no se hayan organizado, en este dia, sean víctimas de la ambición europea, o de los mandatarios americanos auxiliados de ellas. Provincias de Chile, vuestro gobierno os convoca a un congreso jeneral de la nación. Este gobierno jamas tendrá el arrojo de imponer leyes a la voluntad soberana del estado lejítimamente reunido; pero si el consejo de unos hombres que han merecido vuestra confianza, que se han consagrado a la felicidad jeneral, i que hoi hablan por la esperiencia de los sucesos pasados, merece alguna aceptacion, os ruega que organicéis los poderes de modo que vuestros representantes vengan únicamente con el objeto de formar una constitución permanente, i nó a entorpecer i ocupar su augusto ministerio en decretos provisionales i leyes sueltas e inconexas, que despues sea necesario revocarlas por inadaptables al todo de una constitucion. Este defecto i los partidos de las elecciones, han sido siempre la ruina de los congresos. Dos o tres meses, acompañados de la esperiencia de los sucesos, sobran para formar una constitucion, i apénas se puede concluir en muchos años trabajando decretos, i llenando el estado' de majistraturas provisionales. Todas las materias ejecutivas, militares i aun económicas se atrasan en manos de un colejio que, aunque de hombres sabios, son muchos i manejan por la primera vez los negocios del estado. Acordaos, pueblos, que toda la série de vuestros males, sin esclusion de la actual guerra, tienen su oríjen en las disensiones suscitadas en el anterior Congreso sobre elejir el cuerpo ejecutivo. Estad seguros que los hombres que os hablan no tienen ambición de mando, que os convocan para renunciar en vuestras manos, y que os es notorio el empeño que acaban de hacer para dimitir sus empleos.”