Núm. 79
▼A mocion de un señor ▼senador, se ha tomado en consideración la demolición de la capilla del Carmen del conventillo, con el designio de destinarla a usos privados. El ▼Senado, que cree de su primer deber propender al fomento de los establecimientos de esta clase i de cuantos conciernan al mayor esplendor i decoro del culto, juzga lo es también evitar la ruina de un templo que proporcionará a la poblacion de sus alrededores la satisfacción de las necesidades espirituales. Por este principio, me ha ordenado oficie a US., previniéndole mande suspender en el momento cualquier trabajo que se haya emprendido en él, i que al mismo tiempo informe a la Intendencia con los antecedentes que motivaron la providencia que ha decretado su demolición. Lo que tengo el honor de comunicar a US, para su cumplimiento, ofreciéndole mis consideraciones i respetos. —Secretaría del ▼Senado. Santiago, Febrero 4 de 1824. —Al señor ▼Ministro de Gobierno.
Núm. 80
▼El Senado me ha prevenido cite a US. a su sala de sesiones para las siete de la noche de este dia, con el objeto de tratar negocios del mayor interes a la administración de justicia. Lo que tengo el honor de verificarlo, reiterándole los ofrecimientos de mi consideración. —Secretaría del ▼Senado, Santiago, Febrero 4 de 1824. —Al señor ▼Ministro de Gobierno.