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SENADO CONSERVADOR

medio millón prestado al Perú, i en virtud de haberse informado por el secretario con esta misma fecha, ha reconvenido al secretario, que fué de la Comision Especial de Hacienda, para que despache el informe pedido, se acordó: "Se dé cuenta con su contestación para la sesión siguiente."

Apoyado el Senado en la noticia de haberse realizado en Lóndres el empréstito solicitado por Lima, i deseando se aproveche el Estado de esta oportunidad para cubrirse del millón i medio que se le ha prestado a aquel Gobierno, acordó: "Se excite a S. E., el Director Supremo, para la remision del Enviado a Lima con este objeto, acordado repetidas veces por el Congreso i el Senado."

Se tomó en consideración la necesidad de que se liquidase i reconociese el último medio millón prestado al Perú, i para este efecto, se acordó: "Se haga presente esta circunstancia al Supremo Director para que excite al Plenipotenciario Salazar i al ex-Ministro Larrea, para que reunido al señor Ministro de Hacienda i la Comision Especial de este ramo el miércoles próximo, traten ante el Senado del allanamiento de las cuentas, reconocimiento de la deuda i su pago.

En este estado, se levantó la sesión. —Doctor Gabriel Ocampo.


ANEXOS

Núm. 729

El oficio que, con fecha de ayer, remitió V. E. al Gobierno, avisándole su resolución relativa a que el sueldo del edecán, teniente coronel, don Pedro Reyes, sea incluido en la lista de Secretaría para su pago mensual, se ha mandado hoi a la Tesorería Jeneral para que tome razón i cumpla lo resuelto.

El Gobierno repite al Senado sus consideraciones de aprecio i respeto. —Departamento de Hacienda, Santiago, Junio 22 de 1824. —Ramon Freire. D. J. Benavente. —Excmo. Senado Conservador.


Núm. 730

Acabamos de recibir aviso del Supremo Gobierno de haberse realizado el empréstito que solicitó en Lóndres la República del Perú. Estos son los momentos en que Chile debe hacer las jestiones convenientes para recaudar el crédito de un millón i medio de pesos que tiene contra aquel Estado, i es de necesidad concluir los tratados de auxilios que entonces se celebraron con el Ministro Plenipotenciario de Lima i que aun no los ha devuelto la Comision de Hacienda, a quien se le pasaron en informe. Sírvase US. representar al Excmo. Senado la urjencia con que se necesitan, pues que sin ellos no se pueden dar las órdenes convenientes para la recaudación de este crédito.

Dios guarde a US. muchos años. —Dirección de la Caja Nacional de Descuentos, Santiago i Junio 23 de 1824. Francisco Javier de Errázuriz. —Señor Secretario del Excmo. Senado.


Núm. 731

Cuando la Comision pasó, con fecha 2 de Octubre último, al Ministerio de Hacienda razon de lo que debia entregarse al Perú por el millon i medio de pesos nominales que se le habian franqueado del empréstito, fué en circunstancias de no haber concluido el estado demostrativo del empréstito espresado i por ello se padeció una pequeña equivocación, que debe hoi quedar salvada con la esposicion siguiente:

El millón de libras levantado en Lóndres quedó reducido a 675,000 libras, por su venta al 67 1½ por ciento. De esta suma deben rebajarse 20,347 libras 12/7 de comision, costos para su levantamiento e intereses por las cantidades adelantadas, quedando así reducido el principal a 654,652 libras siete quintos; i estando cumplidos tres plazos, en fines de Setiembre próximo pasado, para la entrega de los intereses, amortización i ajencia, corresponden rebajarse de la ante dicha suma 116,725 libras: 90,000 de intereses, 25,000 de amortizacion, 1,725 de ajencia sobre estas dos sumas, resultando por esto el líquido de 537,927 libras con siete quintos, de cuya suma deben deducirse las tres décimas partes del empréstito o lo que es lo mismo el millón i medio nominal prestado al Perú, que asciende a 161,378½ de libras.

Como el 31 de Marzo próximo pasado, se cumplió el cuarto plazo, cuya importancia debe deducirse de los capitales del empréstito existente en Lóndres, es de rigurosa justicia rebajar del millón i medio prestado al Perú 53,287 pesos, los que importan los intereses, amortizacion i ajencia en el cuarto plazo vencido sobre la espresada suma; de modo que, léjos de tener que entregar cantidad alguna, según las sumas recibidas, resulta una cantidad excedente a la que ha debido entregársele, esto es, sin perjuicio de los demás cargos que el Ministerio anuncia deber hacerse al Perú i de otros que, por las mismas razones, aparecen en esta contaduría jeneral de resultas del exámen de algunas cuentas particulares.

Acompañamos a US. copia de los capítulos acordados con el señor Larrea, i los antecedentes que, sobre allanar este mismo objeto, obran en nuestro poder.

Con esta ocasion, ofrecemos a US. nuestra mayor consideración. Juan de Dios Vial del Rio. —Rafael Correa de Saa.