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SESION DE 1.º DE JUNIO DE 1824

Don Miguel Valero.

Don Silverio Fernández.

Don Isidro Turrieta.

Don Juan Mena.

Don Pedro Quiros.

Don Santiago Pizarro.

Don Gabino Pizarro.

Don Santos Meneses.

Don José Basualto.

Don Santiago Fernández.

Don Manuel de la Cerda.

Don Juan Figueroa.

Don Juan de Dios Lozano.

Don José López.

Don Bartolo Quirós.

Don Concepción Méndez.

Don Benedicto Estai.

Don Javier López.

Don Basilio López.

Don Antonio Morales.

Don Manuel Olmos.

Don Gregorio Lobos.

Don Miguel Pizarro.

Don Ambrosio Silva.

Don Basilio Pizarro.

Don Mateo Díaz.

Don Cruz Estai.

Don Juan Andrés Olmos.

Don Mateo Olmos.

Don Mariano Briones.

Don José Pizarro.

Don Eujenio Figueroa.

Don Benedicto Zamora.

Don Francisco Olivares.

Don Miguel Larrain.

Don José Polonio Venegas.

Don Félix Hidalgo.

Don Celestino Zamora.

Don Manuel Pizarro.

Don Cruz Mauras.

Don Benedicto Pizarro.

Don Manuel Tapia Campos.

Don Martin Brito.

Don Pascual Díaz.

Todos los individuos calificados que se nominan en esta lista son católicos romanos, casados i emancipados. —Santo Domingo de Rosas, Mayo 17 de 1824. —José Ignacio de Vargas. —Joaquin del Fierro. —Pedro Polanco. —Juan Nepomuceno Vázquez. —José Gaete. —Francisco de Arcaya. —José María Zamora. —Juan Polanco.

Es copia.

Núm. 624

El Senado tiene el honor de incluir a V. E. la representación que le ha dirijido el capitan de caballería don Tadeo Quezada, para que le instruya sobre los hechos a que se contrae.

El Senado, en esta oportunidad, reitera a V. E. sus consideraciones de aprecio. —Sala del Senado, Santiago i Junio 5 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 625

El Senado ha sido informado por su Presidente de las dilijencias que se han practicado para la organización de las listas de ciudadanos en la provincia de Coquimbo i de la causa que ha motivado su retardacion; pero, sin embargo, como el Gobierno i Senado son responsables ante los pueblos, si por defecto de aquéllas no se realizan las elecciones en todo el Estado, como lo previene la Constitución, ha tenido por conveniente encarecer de nuevo a V. E. para que, en toda oportunidad, se requiera al intendente de aquella provincia por las listas indicadas.

Lo que tengo el honor ie comunicar a V. E., de órden del Senado, reiterándole mis sentimientos. —Sala del Senado, Santiago i Junio 5 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 626

El Senado ha tomado en consideración la nota de V. E., relativa al remate del impuesto sobre licores i para resolverlo ha creido necesario tener a la vista los cabezones de la capital i demás provincias, por lo que hoi se cobran, i ha ordenado se pida a V. E. se remitan a la mayor brevedad los que deben existir en la Tesorería Central.

Lo que tengo el honoi de verificar, protestándole mi aprecio i respeto. —Sala del Senado, Santiago i Junio 5 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.


Núm. 627

El Senado ha visto el espediente de don José María Portus, con las dilijencias que en él se han practicado, pero, no pudiendo resolver la solicitud de aquél sin la instruccion que se pidió a V. E., sobre los motivos que han ocasionado la provision del coronelato del rejimiento de caballería de Aconcagua, de que se queja el citado Portus, como despojado sin causa, ha acordado se devuelva a V. E., exijíéndole nuevamente la instrucción pedida sobre este particular.

Lo que verifico, asegurándole mi adhesion i respeto. —Sala del Senado, Santiago i Junio 5 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 628

Ante el Soberano Congreso prestaron juramento los señores de la Corte Suprema de Justicia: