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SESION DE 4 DE MAYO DE 1824

Congreso en la adición constitucional, en la Constitucion misma i que finalmente reiteró el Senado en su acuerdo de 7 Enero.

El Senado está persuadido de la falta esencial que hace a Uds., para el desempeño de la inspección, el reglamento que debe detallar sus atribuciones i en este concepto excita, con esta misma fecha, al Supremo Director para que lo pase a la sanción senatoria, despues de discutido en su Consejo de Estado.

Todo lo que tengo el honor de comunicar a Uds. reiterándole mis ofrecimientos de aprecio. —Secretaría del Senado, Santiago, i Mayo 5 de 1824. —A los Inspectores fiscales.

Núm. 489

El Senado, en vista de la memoria que le ha dirijido la inspección fiscal i que incluyo orijinal, se ha penetrado de la urjente necesidad de que, a la brevedad posible, se sancione el reglamento que debe rejir i fijar sus atribuciones. El cree que sin éste nada puede aquélla practicar para mejorar el estado de la Hacienda, porque su falta la constituye en una completa ignorancia de las facultades que le corresponden. Por esto es que encarece a S. E. la necesidad de que se discuta en el Consejo de Estado el reglamento anunciado i se remita para la sanción senatoria.

Con este motivo, reitero a V. E. las seguridades de mi aprecio. —Sala del Senado, Santiago, i Mayo 5 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.


Núm. 490

Teniendo presente el Senado el atraso que sufre el despacho de las oficinas fiscales por el defecto de asistencia de los oficiales, según se le ha informado i la urjente necesidad que ocurre de que la Contaduría Mayor fenezca las cuentas que tiene pendientes para que se pueda mejorar la administración de la Hacienda pública; acordó se excite a V. E. para que ordene el exámen de las cuentas del último trienio, con preferencia, por ser de estas de las que pueden sacarse mayores ventajas en favor del Erario; que una mesa se contraiga especialmente a la liquidación de las correspondientes al año 17 i 18; en las que se cree fundadamente haya habido mas abuso i que, al efecto, las oficinas indicadas, sin perjuicio de trabajar hastas las horas que hoi lo ejecutan, trabajen por la noche otras dos, exceptuándose la aduana por la clase de sus operaciones.

El Senado saluda a V. E. con la mayor consideración. —Sala del Senado, Santiago i Mayo 7 de 1824. —Al Excmo. Señor Supremo Director Delegado

Núm. 491

Tengo el honor de incluir a Uds. el proyecto de lei sobre almacenes francos, para que se sirvan Uds. informar, como se ordena en el decreto de 30 del pasado. La Contaduría Mayor no ha informado por los motivos espuestos en el oficio que igualmente acompaño. Se me ha ordenado prevenga a Uds. despachen para hoi mismo el informe pedido, en atención a los grandes perjuicios, i ventajas que se malogran por falta de los almacenes francos.

Lo que tengo el honor de verificar, ofreciéndoles mi aprecio i consideración. —Secretaría del Senado, Santiago i Mayo 4 de 1824. —A los Inspectores fiscales.

Núm. 492

En contestación a la honorable nota de US., fecha 30 del pasado, debo comunicarle que los miembros del Supremo Poder Judiciario, doctor don José Gregorio Argomedo i doctor don Garpar Marin, prestaron el juramento constitucional i se recibieron de su destino el 31 de Diciembre último, verificándolo igualmente el mismo dia los inspectores fiscales. El señor don Francisco Pérez aun no se ha posesionado de su empleo. El señor don Lorenzo Villalon prestó el juramento indicado ante el Excmo. Senado el 7 de Enero del presente año. La Corte de Apelaciones no ha prestado juramento ni ante el Congreso ni el Senado i creo lo habrá verificado en la Suprema Corte de Justicia, quien podrá dar a US. noticia en este particular. Todo consta de los libros de acuerdo que corren a mi cargo.

Con este motivo, tengo el honor de ofrecer a US. los sentimientos de mi mas alto aprecio. —Secretaría del Senado, Santiago i Mayo 4 de 1824. —Al Ministro de Hacienda.